Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 11 de Junio de 2015

Fecha de Resolución11 de Junio de 2015
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo De Nulidad

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, once (11) de junio de dos mil quince (2015).

204° y 156°

Vista la sentencia dictada en fecha 05 de Mayo de 2008, en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto el ciudadano I.G.P.J., titular de la cedula de identidad Nº V- 8.726.618, debidamente asistido en ese acto el ciudadano D.M.O., abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el Nro,56.260 contra la Inspectoría del Trabajo Estado Aragua, en el cual se declaró Consumada la Perención y Extinguida la Instancia, en consecuencia, Este Tribunal ordena la práctica por Secretaría, el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el articulo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, desde el día 02 de Junio de 2015 (exclusive) fecha en la cual consta en autos la notificación realizada al ciudadano I.G.P.J., y/o sus Apoderados Judiciales, hasta el 10 de Junio (inclusive). Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA.

ABOG. SLEIDIN REYES.-

.

Exp. No. DE01-G-2005-000058.-

Numeración Antigua 7180

MGS/SR/Mg.

Quien suscribe, LA SECRETARIA ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua, HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, transcurrieron desde el día 02 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 10 de Junio de 2015 (inclusive), a saber los días 3,4, 8, 9 y 10 de Junio de 2015

LA SECRETARIA.

ABOG. SLEYDIN REYES.-

.

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el 02 de Junio de 2015 (exclusive), hasta el 10 de Junio de 2015 (inclusive), transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 05 de Mayo de 2015 este Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA.

ABOG. SLEYDIN REYES.-

Exp. No DE01-G-2005-000058.-

Numeración Antigua 7180

MGS/SR/Mg.

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