Decisión de Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente de Barinas, de 21 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2011
EmisorJuzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescente
PonenteRosa Elena Quintero Altuve
ProcedimientoIntimación De Honorarios

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRANSITO Y

DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 21 de Febrero del Año 2011

200º y 152º

Visto el escrito presentado por el abogado en ejercicio ciudadano: J.B.V.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V- 8.146.054, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.030, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana: I.C.A.N., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V- 9.668.326, parte demandada en el presente juicio de Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales, mediante la cual solicita se le haga entrega del documento original que riela a los folios 07 al 09, del presente expediente.

Este Tribunal NIEGA LO SOLICITADO, por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que el solicitante del desglose no fue quién produjo dicho documento en la presente causa.

Déjese constancia en el Libro Diario.

La Jueza Suplente Especial,

R.E.Q.A.

La secretaría,

Abog. A.N.G.

Expediente N°: 2011-3276-PROT.

REQA/ANG/ana maría

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