Decisión nº 02-I de Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 2 de Enero de 2007

Fecha de Resolución 2 de Enero de 2007
EmisorJuzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonentePedro Sánchez
ProcedimientoCobro De Bolivares Por Intimacion

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Ocho (08) de Enero de dos mil siete.

196º y 147°

Vista la diligencia de fecha 13 de diciembre de 2006, inserta en los folios (62, 63, 64) del presente expediente, estampada por los ciudadanos J.D.J.Z.U. Y P.M.C.G., Asistidos por El Abogado O.A.T.L., como partes Demandadas y por la otra parte La Abogada F.G.G., en nombre y representación del INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA “FUNDESTA”, mediante la cual celebraron transacción, en los términos por ellos expuestos, solicitando que se homologue la transacción, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y no de por terminada la causa ni se archive el expediente hasta tanto conste la cancelación definitiva de la obligación asumida por LOS DEMANADADOS.

El Tribunal para decidir hace las siguientes observaciones:

La Transacción es un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual.

El Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, expresa que las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no están prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.

Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada por las partes por los ciudadanos J.D.J.Z.U. Y P.M.C.G., Asistidos por El Abogado O.A.T.L., como partes Demandadas y por la otra parte La Abogada F.G.G., en nombre y representación del INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL DEL ESTADO TACHIRA “FUNDESTA”en la presente causa, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal

P.A.S.R..

Juez Temporal

G.A.S.M.,

Secretario

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