Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 15 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución15 de Febrero de 2006
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoMedida De Embargo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, quince de febrero de dos mil seis

195º y 146º

ASUNTO : BH06-X-2006-000045

Admitida la demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana J.E.B., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.289.404, domiciliada en la ciudad de Barcelona, Municipio B. delE.A., actuando en representación de su hijo A.J.G.B., de seis (06) años de edad actualmente, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio V.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.143, en contra del ciudadano A.J.G.P., de conformidad con los Artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se abre el presente cuaderno de medidas, el cual formará parte del expediente Nº. BP02-V-2006-000255. En consecuencia, Decreta Medidas de Embargo Provisionales: PRIMERO: Ofíciese a la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (CANTV), oficina Lechería, para que informe a este Tribunal a la mayor brevedad posible el Salario Integral devengado por el ciudadano A.J.G.P., con indicación de sus asignaciones y deducciones.- SEGUNDO: Retención de Treinta y seis (36) MENSUALIDADES FUTURAS, a razón del treinta por ciento (30%) del Salario neto integral que devenga mensualmente el antes mencionado ciudadano, las cuales serán descontadas de las PRESTACIONES SOCIALES, que ha de percibir el obligado en caso de retiro, despido o cancelación de contrato, y deberán ser remitidas en cheque a nombre de este Tribunal en su debida oportunidad. Librese Oficio.-

LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02

DRA. A.J. DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. MELISSA AZOCAR

AJD/CA

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR