Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 27 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2007
EmisorJuzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteEmerita Avendaño
ProcedimientoRecurso De Nulidad

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGION CAPITAL

En fecha veintidós (22) de agosto de dos mil cinco (2005), la abogada en ejercicio de este domicilio N.D.P., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 10.935, actuando en su condición de apoderada judicial del ciudadano JARCEL A.I.A., Director de la Zona Educativa del Estado Miranda, interpuso recurso de nulidad, contra el acto administrativo contenido en la P.A.N.. 863-04 de fecha 05 de noviembre de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Z.d.E.M..

En fecha ocho (08) de noviembre de dos mil cinco (2005), se dictó auto mediante el cual se ordenó oficiar a la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Z.d.E.M., Ministerio del Trabajo, a los fines de requerir los respectivos antecedentes administrativos, y a tal efecto se libró oficio No. 05/1111 a la citada Inspectoría, siendo consignada su copia por el Alguacil de este Tribunal en fecha 09 de febrero de 2006.

Ahora bien, tal y como se evidencia de autos, desde el 08 de noviembre de 2005 hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento, razón por la cual, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de febrero de dos mil siete (2007). Años 196° y 148°

LA JUEZA PROVISORIA,

C.A.G.

LA SECRETARIA,

A.G.S.

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de ley.

LA SECRETARIA,

Exp. N° 005070

CAG/Belitza.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR