Decisión nº 1J-026-08 de Tribunal Primero de Juicio de Zulia (Extensión Cabimas), de 22 de Abril de 2008
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2008 |
Emisor | Tribunal Primero de Juicio |
Ponente | Manuel Enrique Zuleta Valbuena |
Procedimiento | Acta Constitución Tribunal |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de Cabimas
Cabimas, 22 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : VP11-P-2007-002480
ASUNTO : VP11-P-2007-002480
ACTA DE AUDIENCIA ORAL DE
RENUNCIA DE TRIBUNAL CON ESCABINOS
RESOLUCION: 1J-026-08
El día de hoy, Veintidós (22) de A.d.A.D.M.O. (2008), siendo las 09:30 de la mañana, previo lapso de espera para la comparecencia de todas las partes y realizar la audiencia y resolver sobre causales de Excusas Recusaciones o Inhibiciones que se pudieran realizar en el presente asunto seguido en contra del Acusado JEFFER E.E.S., por el delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL CON CAUSAL, previsto y sancionado en los artículos 410, encabezamiento y 408 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de O.R.C.S.,. Acto seguido se constituye el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, encontrándose presente el Juez ABOG. M.E.Z.V. y la Secretaria ABOG. D.C.M.P., verificándose la presencia de las partes observando la presencia del acusado JEFFER E.E.S., la Fiscal Séptimo del Ministerio Público ABOG. EGLEE PUENTE, observando la inasistencia del Abogado Defensor A.C.; de los ciudadanos seleccionados no comparecieron. Seguidamente se le concede la palabra al acusado JEFFER E.E.S., quien manifestó: Ciudadano Juez por cuanto en el día de hoy no compareció mi defensa, y a los fines de poder celebrar el Juicio, revoco mi anterior defensa solicito se me nombre un defensor público, así mismo sea Constituido el Tribunal sin Escabinos, es decir, Unipersonal, Es todo. Seguidamente escuchada la manifestación del acusado de auto, el tribunal procede a nombrarle un defensor público, recaído en la Abog. E.M.G., Defensora Pública Octava, quien manifestó: “Acepto el nombramiento recaído en mi persona” es todo. Así mismo escuchado a la exposición de mi defendido esta defensa esta de acuerdo con se constituya el tribunal de manera Unipersonal, por último solicito copias simples de todo el asunto, es todo. Seguidamente se le concede la palabra a la Fiscal Séptima del Ministerio Público ABOG. EGLEE PUENTES quien manifestó: la vindicta pública no tiene objeción a la solicitud realizada por el acusado, es todo. De inmediato el Juez señalo: “Vista la manifestación de las partes, y en virtud de evitar la dilación indebida a los fines de constituirse el tribunal con escabinos, después de más de cinco (05) convocatorias corresponde al Juez asumir el control jurisdiccional sobre la causa, en virtud de ello, es por lo que se acuerda CONSTITUIR EL TRIBUNAL DE MANERA UNIPERSONAL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal el cual establece: Artículo 164. Constitución del tribunal. …..(..)…realizadas efectivamente cinco convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos, el acusado podrá ser juzgado, según su elección, por el juez profesional que hubiere presidido el tribunal mixto.(subrayado del tribunal). Y Así se Decide. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: CONSTITUIR EL TRIBUNAL DE MANERA UNIPERSONAL, seguido al acusado JEFFER E.E.S., por el delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL CON CAUSAL, previsto y sancionado en los artículos 410, encabezamiento y 408 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de O.R.C. SANGRONISO. SEGUNDO: SE FIJA Juicio Oral Unipersonal para el día DIECINUEVE (19) DE JUNIO DE 2008 A LA UNA DE LA TARDE 1:00 PM. Ofíciese a la oficina de participación ciudadana. TERCERO: Se acuerda proveer las copias simples del asunto a la Defensa, y entregar mediante acta levantada por separado. QUEDAN NOTIFICADOS LOS PRESENTES. Es Todo. TERMINÓ, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABOG. M.E.Z.V.
EL ACUSADO
JEFFER E.E.S.
LA FISCAL 7° DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. EGLEE PUENTE
LA DEFENSA PÚBLICA N° 8
ABOG. E.M.G.
LA SECRETARIA DE SALA No 02
ABOG. D.C.M.P.
Se dio cumplimiento al acta que antecede y se registra la presente Resolución bajo N° 1J-026-08.-
LA SECRETARIA DE SALA No 02
ABOG. D.C.M.P.