Decisión nº Interlocutoria042-2013 de Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 5 de Abril de 2013

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2013
EmisorJuzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario
PonenteRaul Marquez Barroso
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

Asunto AP41-U-2012-000408 Sentencia Interlocutoria Nº 042/2013

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 5 de Abril de 2013

202º y 154º

Visto el escrito de pruebas presentado por la abogada Nizar El Fakih, suficientemente identificada en autos, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil JESSIPE PUBLICIDAD, C.A., mediante el cual promueve las siguientes documentales: 1. Estado financiero de la mencionada recurrente al 31 de diciembre de 2011, auditados por Contador Público Independiente; 2. Estado financiero de la recurrente del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2012 al 31 de julio de 2012, auditados por Contador Público Independiente; 3. Estado financiero de la recurrente del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2012; 4. Declaración del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009; 5. Declaración del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010; 6. Declaración del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011; 7. Declaración del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012. Este Tribunal observa que las pruebas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva.

En cuanto al merito favorable de los autos se apreciará del expediente cuantos elementos sean favorables a las partes y se desprenda de los autos en sentencia definitiva.

Se imprimen dos ejemplares bajo un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador de sentencias de este Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los cinco (05) días del mes de abril de dos mil trece (2013).

El Juez

Raúl Gustavo Márquez Barroso

La Secretaria,

Marbel Luz Castilla Valle

Asunto: AP41-U-2012-000408

RGMB/mlcv/gg

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