Decisión nº S-N de Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Falcon (Extensión Coro), de 24 de Abril de 2006

Fecha de Resolución24 de Abril de 2006
EmisorTribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteYanys Matheus
ProcedimientoInexistente

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón

Coro, 24 de Abril de 2006

196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2005-005997

ASUNTO : IP01-P-2005-005997

Vista la solicitud presentada en fecha 21 del presente mes y años en acta de entrevista en el Internado Judicial de esta ciudad, por el penado: J.E.M.M.V., mayor de edad, Indocumentado, domiciliado en el barrio los Haticos, Calle 13, Avenida 139, Sector A.A., Casa N° 17-259 Maracaibo Estado Zulia, en la cual solicita se oficie nuevamente a la Oficina Técnica para que se le practique nueva evaluación psicológica, ya que opta por el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución. Del análisis efectuado al asunto se puede evidenciar que este Tribunal en fecha 20 de Marzo del presente año, emitió un pronunciamiento en la cual negó la solicitud presentada por cuanto del Informe Técnico efectuado al penado de autos en fecha 27 de Octubre de 2005, se pudo observar que los resultados o conclusiones arrojan que para ese momento el penado antes identificado es No Apto para la Medida solicitada, motivo justificado conforme a lo previsto en el artículo 494 del COPP, no procede el beneficio solicitado porque no se cumplen los extremos exigidos por el legislador en la citada disposición. Pero observado como ha sido que el pendo de autos no se encuentra exento de optar por el beneficio de suspensión y han transcurrido aproximadamente seis meses desde la práctica de la evaluación técnica psicológica por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, lo ajustado a derecho en el presente asunto es ordenar que se practique nuevo examen psicológico al penado J.M.M. antes identificado y en consecuencia librase oficio a la Unida Ténica de Apoyo Penitenciario de la ciudad de Coro del Estado Falcón, solicitando la practica dela evaluación Técnica Psicológica del penado de autos y una vez practicado sean remitido Informe técnico a este Tribunal Primero de Ejecución. Cúmplase.-

LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCION

Mag.Cs. YNAYS C. MATHEUS SUAREZ.

LA SECRETARIA

ABG. CARISBEL BARRIENTOS.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.-

LA SECRETARIA.

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