Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 18 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución18 de Marzo de 2008
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoAutorización Judicial Para Vender Inmueble

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, dieciocho de marzo de dos mil ocho

197º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-001141

Por recibida la anterior Solicitud de Autorización para Vender Inmueble, propuesta por el ciudadano J.R.R.G., mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de Identidad N° 3.168.159, domiciliado en el municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio P.M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.542, a favor de su hijo el adolescente xxxxxxxxx Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la Admite. Oigasele su opinión al adolescente xxxxxxxx Asimismo este Tribunal acuerda Notificar a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del inicio de la presente solicitud y para que opine de la misma. Librese Boleta de Notificación. Se insta al solicitante a consignar el avaluó del local en venta.- Igualmente se acuerda oficiar al Gerente del Banco del Sur, Banco Universal, a los fines de que informe la situación o estado del crédito hipotecario actual del inmueble objeto a la venta.- Cúmplase.

LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.

DRA. A.J.D..-

LA SECRETARIA,

Abog. F.M.A..-

Alicia.-

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