Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Sucre (Extensión Cumaná), de 17 de Junio de 2008

Fecha de Resolución17 de Junio de 2008
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteDouglas Rumbos Ruiz
ProcedimientoSentencia Condenatoria

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001617

ASUNTO : RP01-P-2006-001617

El Tribunal Mixto, integrado por el juez D.J.R.R., Juez Cuarto de Juicio, quien fungió como juez presidente, como Escabinos, los ciudadanos L.B.R.S. y J.D.S., y como Secretario el ABG. J.M.S., para conocer de la presente causa y siendo la oportunidad de pronunciarse en el juicio oral y reservado realizado en contra del ciudadano acusado J.R.R.R., venezolano, titular de la cédula de identidad No. 13.053.728, de 31 años de edad, casado, de oficio Vendedor, nacido el 18/11/75, Hijo de R.M.R.M. y R.J.R.V., residenciado en Calle García, sector Puerto España, N° 113, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en el encabezado del Articulo 259 de la misma ley, en perjuicio del ciudadano , cuya defensa fue ejercida por el Dr. A.G.. Este Juzgado, siendo la oportunidad procesal para decidir, procede a hacerlo, previa las siguientes consideraciones:

HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

La Acusación Fiscal: La Fiscal del Ministerio Público expuso entre otras cosas lo siguiente: “…por hechos ocurridos en el mes de Octubre del año 2005, una vez recabada la averiguación, la Fiscalía obtuvo suficientes elementos de convicción para estimar al acusado responsable del delito que le imputó esta representación, en el momento de los hechos el adolescente no se lo comenta a nadie, por cuanto es un delito naturalmente vergonzoso, y demostraré en sala la responsabilidad del ciudadano J.R.R.R., por cuanto el mismo se encargó de decirle a muchas personas lo que él le hizo al adolescente, y fue ahí cuando el adolescente es que decide denunciarlo. Por lo que solicito que estén atentos a todas las pruebas aportadas, y traten de no hacerlo de una manera apresurada o vaga, por cuanto ellos tienen conocimiento de los hechos de una manera referencial, por cuanto fue el acusado quien le manifestó a estos testigos los hechos que sucedieron, este es un delito grave, y mas aún por cuanto se cometió en contra de un adolescente, además de los testigos referenciales, tenemos a la víctima, la cual es indispensable, otro testigo tenemos la deposición del médico forense, esperemos eses momento, y lo que pido es que estén atento, y le voy a dejar claro, si los testigos dicen lo que ellos saben en cuanto a eses delito, así como los expertos, entonces demostraré que fue el ciudadano J.R. Roman…”

La Defensa: el Dr. A.G., manifestó: “…la importancia del acto de apertura es procurar la defensa del acto, el defensor escuchando la argumentación de la fiscal, en principio está en la obligación de hacer un llamado de atención a los escabinos, en cuanto a la presunción de inocencia, a criterio de esta defensa, la deposición del Ministerio Público pasan por encima de ese criterio, por cuanto afirma que este ciudadano es culpable, en base a esa circunstancia, es por lo que invoco el principio de inocencia, de conformidad con el artículo 8 del COPP. Ahora bien, todo lo que ha dicho el Ministerio Público tiene que probarlo, y ha dicho que los testigos son referenciales, y en base a la máxima de experiencia les pregunto ¿Creen ustedes que una persona que cometió un delito tan feo, lo esté divulgando? Eso ustedes lo van a percibir si las personas que viene aquí van a ser razonables, y que a mi criterio eso será a base de chisme, la defensa traerá oportunamente personas que dirán lo contrario a esos testigos que dice la Fiscal del Ministerio Público, existe la posibilidad que aun individuo se le cause una herida por arma de fuego, tendrá que probarse quien le causó la herida, y no por la fórmula del chisme, tendrá que probarse la laceración anal, recabar los elementos para comprobar que ese ciudadano estaba en esa vivienda, como inspección ocular, es decir, para demostrar que un individuo cometió el delito, y con el debido respecto, considero que deben tener sumo cuidado en este caso, y no tener la subjetividad de que es un niño de doce año, sino utilizar la objetividad, y cuanto la deliberación y si determinan que hay responsabilidad están en responsable de sancionarlo, así mismo ratifico las pruebas ofrecidas en su oportunidad, y hago mía las pruebas aportados por la Fiscal del Ministerio Público …”

El Acusado: luego de impuesto del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que no está obligado a declarar, pero si lo desea lo puede hacer sin juramento, libre de coacción y apremio, con el conocimiento que su declaración es un medio para su defensa y que en caso de negarse a declarar el juicio no se paralizará, quien a tal efecto manifestó acogerse al precepto constitucional.

EXAMEN Y VALORACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA

Seguidamente abierto el contradictorio y aperturada la evacuación de los medios de prueba, este Tribunal atendiendo el contenido de los artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, actuando según su libre convicción, atendiendo las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, habiéndose practicado las pruebas respetando los disposiciones legales y conforme al desarrollo del juicio oral y público, observa las declaraciones de:

La Víctima, ciudadano , quien expuso: “…El señor J.R.R., abusó de mi, yo iba para la casa de mi tía, yo iba y siempre para cortar camino uno pasa por la casa donde vive el señor y estando pasando el me agarró y me dijo que si no lo hacía iba a golpear a mi hermano pequeño, como yo no lo quería hacer el me obligó y agarró un cuchillo y me quitó el pantalón, y así fue que el abusó de mi, también me quería dar dinero, y yo no quería hacerlo y me obligó, yo quiero que el pague por lo que me hizo…”

Seguidamente se le concedió el derecho de palabras a la Fiscal: ¿Cuando tú hablas de que J.R. abusó de ti, a que te refieres? Me violó ¿Qué te hizo? El me obligó a que le mamara sus partes, como yo no quería el agarró un cuchillo, y luego me bajó el pantalón ¿A que partes te refieres tú? Al pene ¿Le llegaste a mamar el pene a J.R.? Si, el me obligó ¿Con que te obligó? Que me iba a golpear y con un cuchillo y que le iba a ser lo mismo a mi hermano ¿Tenia en ese momento el cuchillo? Si ¿Qué te hizo? El me cogió ¿En que sitio de la casa lo hizo? En la cocina de su casa.

Se le dio el derecho a interrogar a la Defensa: ¿Alguna vez te propuso que le chuparas el pene, y tuvieras relación? No ¿Tienes confianza con el señor J.R.? no ¿Es un desconocido para ti? Si ¿Cómo sabes tu que ahí vive el señor J.R.? Por que lo he visto entrar ahí ¿Sabes si en esa casa viven otras personas? Si ¿Recuerda la hora? En la mañana ¿Cómo a que hora? No faltaba mucha para ser el mediodía, cerca del mediodía ¿Te acuerdas del día mes, año? No ¿No te acuerdes ni siquiera el mes? No ¿Usted fue golpeado ese día por ese señor? Si, si me golpearon ¿Por donde? Por la costillas ¿Fue fuerte el golpe? Si, fue fuerte ¿En que parte te dieron el golpe? Dentro de la casa ¿Cómo hiciste para entrar por esa casa para que el te agarrara? Por que yo tenía acostumbrado pasar por el medio de esa casa, o sea, por dentro para ir para Las Tinajitas ¿Quién te dio permiso? Nadie, yo vi que no había nadie y pasé, o sea por mi voluntad ¿Cómo hizo el señor? Me agarró a los trancazos, me dio el golpe y me llevó a la cocina ¿Tenía algo en las manos en ese momento? No ¿Qué hiciste? Lo empujé ¿Gritaste? Si ¿Mordiste al señor? No ¿Le diste una patada? Si ¿Tu grito fue tan duro para que otra persona de la comunidad no escuchara? Si ¿Cómo hizo el señor para soltarse la correa, abrirse el cierre, bajarse el pantalón con un cuchillo? ¿El cuchillo te lo tenía pegado al cuello? Si ¿Tanto que te podía cortarte? Si ¿Te acuerdas en que mano tenia el señor el cuchillo? Mano izquierda ¿Te tenía sujetado con la mano derecha? Si ¿en que lado del cuello te tenía el cuchillo? En la derecha ¿Cómo estabas tú? De espalda ¿Tú estando de espalda lograste ver de donde agarró el señor Román el cuchillo? Si, donde ponen los cubiertos de ahí lo agarró ¿Qué tiempo tardó esta situación? Como 30 a 40 minutos ¿Qué tiempo tardaste succionándole el pene? Como 1 a 2 minutos ¿Cómo hiciste para que tu parte trasera quedar descubierta? Yo me lo quité por que el me obligó con el cuchillo ¿Y por que cuando la Doctora te preguntó como había hecho, por que le dijiste que había sido el señor Román que te quitó el pantalón? Me obligó a bajarme los pantalones, y como no quería quitarme el interior me lo quitó ¿Con que mano te quitó el interior? Mano derecha ¿Tu gritaste? No, estaba nervioso y no podía ¿Era la primera vez que había sido penetrado por el ano? Si ¿te causó dolor? Si ¿Gritaste? Si, un poco ¿Puedes gritar parecido a como gritaste ese día? No, no puedo ¿Qué tiempo paso la penetración? No recuerdo ¿Mas tiempo que la succión del pene? Si, mas tiempo ¿Cuándo tu llegaste a ti casa el interior tenía sangre? Si ¿El interior a parte de la sangre, tenía otra sustancia? Si, pupú y una cosa blanca ¿Desde el día que fuiste violado, que tiempo pasó? Mas de una semana ¿Y durante esa semana tu sangraste? Si, poco ¿Se mancharon los interiores? Solo dos ¿Es cierto que cuando usted estuvo en la oficina de la LOPNA usted había negado al principio? Si, si lo negué al principio ¿Te comunicaste con M.R.A.V.? Si ¿El tenía conocimiento de lo que había pasado? Si, el me dijo que se había enterado por un chisme que había por ahí ¿Cómo era la relación de tu mama con esta familia? Regular ¿Habían tenido discusiones? Si ¿Quienes de tu familia tuvieron problemas con la del señor Román? Mi tía ¿Con que miembros de la familia del señor Román? Con sus tías. Es todo.

En estos casos donde la clandestinidad es la regla, es vital lo que la víctima dice y como lo dice. El ciudadano V.G.A., fue enfático al declarar que el acto sexual fue sin su consentimiento, incluso habló de amenazas (violencia moral) y uso de arma blanca tipo cuchillo (violencia física), lo que como sabemos inhibe cualquier tipo de consentimiento. Surgieron variados elementos durante el juicio, que adminiculados entre ellos, concuerda con la versión de la víctima. En consecuencia por ser la víctima y único testigo, además por haber sido coherente en la narración de los hechos, y notarse serio al momento de declarar, se le otorga valor probatorio a dicho testimonio.

El Experto A.J.F.G., quien manifestó: “…Realicé una experticia psiquiatrita sobre un menor de nombre , una evaluación psiquiatrita, no apareciendo elementos sicóticos, pero si de ansiedad. Es todo. Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga al Experto en la forma siguiente: ¿en que fecha hizo el examen? R) 28/10/2005; ¿a quien se le practicó? R) a un menor de edad de nombre V.G.; ¿Cuál fue el resultado? R) tiene dos resultados, sobre el mental sin elementos delirantes y sobre la parte afectiva, ansiedad y aprensión emocional, reactiva, motivada a los hechos; ¿Qué quiso decir cuando dice que no presentó elemento sicótico? R) en la evaluación uno busca una parte del futuro y no hay alucinaciones, no habiendo psicosis en la estructura mental del niño; ¿enfermedad mental no existe? R) si; ¿y emocional? R) reactivo, que devienen de lo vivido ¿y porque se evalúa al niño? R) por un abuso sexual; ¿ese tipo de casos siempre presenta esos daños cerebrales? R) es un acaso en el que se aprecia ansiedad; ¿afecta eso a la persona? R) la marca para el resto de la vida, deja secuelas y necesitaba a futuro ayuda psicológica y no se marca allí porque no es el objeto de la evaluación; ¿ese daño puede afectar a la persona e el nivel académico? R) en todas las áreas y a futuro, así como en la forma social de relacionarse con otras personas; ¿realizó alguna otra actuación a parte de esa?, ¿realizo algún examen de atrás? R) tiene una evaluación ano rectal donde hay laceraciones recientes en mucosa, en la hora seis; ¿Qué quiere decir eso? R) se describe como una esfera del reloj, tenemos la hora seis y allí hay laceraciones rescindes, por lo menos con siete días antes; ¿es una herida? R) la mucosa del ano tiene las laceraciones; ¿Cómo se producen? R) al introducir un elemento que pudiera ocurrir una herida, con bordes nítidos, la laceración produce un desgarre; ¿un pene puede ocasionarlo? R) depende del grueso del mismo y la intensidad.

Acto seguido se cedió la palabra al representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interroga al Experto en la forma siguiente: ¿usted realizo el examen en tres áreas? R) si; ¿en que fecha lo hizo? R) 28/10/2005; ¿Qué tipo de técnica utilizo para el examen psiquiátrico? R) se hace una entrevista personal, una familiar y psiquiátrico; ¿acompaña evaluación psiquiátrico? R) en la parte de hechos hay una evaluación, con una entrevista y examen mental y en los hechos se supone que se hizo la entrevista y para la mental una entrevista; en la entrevista personal el desenvolvimiento; ¿lo acompaño a la entrevista? R) si; ¿Qué manifestó? R) que fue abusado sexualmente por una persona mayor de edad, vecino de su casa; ¿con respecto al psicológico? R) llevo una exploración mental del individuo, por una entrevista personal; ¿con respecto al examen mental es cosa distinta a una evaluación psiquiátrica? R) van juntas una incluye a la otra, se evalúa y se explora la parte afectiva; ¿recuerda a grandes rasgos a parte de lo manifestado, si le dijo quien le había abusado y como? R) me imagino que si, simplemente uno va a la parte siquiátrica, el individuo dice que le paso y hace alusión a una violación; ¿hizo relación a un abuso o a varias circunstancias? R) una sola, dijo que fue abusado sexualmente por un ciudadano mayor de edad, vecino de su casa; ¿con respecto al examen físico, el ano su configuración tiene pliegues, como es? R) el ano es la parte final del recto, tiene mucosas. Tiene pliegues; ¿esos pliegos de acuerdo a la edad es igual entre una persona de una edad y otra? R) la abertura del anillo anal no es igual a la de un menor con la de un adulto, con la edad pierde tono, hay patologías propias, perdida de las propiedades del anillo y en este caso aparecen laceraciones; ¿una persona que evacua fibrosamente y grueso no podría causarle laceraciones? R) no, se necesita un elemento duro; ¿un palo podría ocasionarlo? R) puede producirlo, pero el palo produce astillas; ¿el dedo puede producir laceraciones? R) si ¿donde queda la mucosa R) mas a la parte externa; ¿Cuándo se hace este tipo de exámenes, se hace un examen para físico? R) si se le hace; ¿se le hizo? R) creo que si; ¿a parte de la laceración hay otros síntomas de violencia? R) no, si fuere el caso se colocara; ¿Cuánto tiempo tiene en esta área? R) 19 años; ¿según su experiencia cuando se actúa en forma externa por el paso de esta naturaleza, que lesiones produce? R) las ceraciones, inclusive hay de mayor gravedad, hay casos de desgarres internos; ¿había desgarres en este caos? R) no; ¿había sangramientos? R) si hubo una laceración reciente la hubo; ¿había sangre para el momento? R) no; ¿a los efectos de la medina legal, las lesiones para determinar la antigüedad, se pueden tomar? R) si; ¿en que tiempo? R) máximo siete días; ¿en el caso de una lesión antigua, que tiempo se utiliza? R) diez días por la coloración. Es todo. Seguidamente toman la palabra el Juez Presidente quien interroga al Experto de la forma siguiente: ¿Qué quiere decir en tono? R) el tono de la musculatura, la cual tiene forma de anillo, al tratar de introducir algo hay que vencer el anillo o salga algo de allí, por la edad pudiera el anillo permanecer abierto, con el tiempo hasta por reírse se abre y se evacua; ¿Qué tiempo tenía? R) no se especifica en el examen pero era en la hora seis; ¿con el examen se puede determinar si la persona había tenido una anterior lesión? R) no la tenía, es la única que se observó; ¿Qué quiere decir con eso? R) en medicina se coloca lo que se ve, lo positivo como se dice.

Por ser coherente el experto en la explicación de las experticias por el practicadas, y notarse serio y equilibrado al momento de declarar y explicar su participación en las mismas y al ser interrogado por ambas partes sin ninguna incidencia en particular que lo desacreditara, se le otorga valor probatorio a dicho testimonio.

La Experta B.d.C.C.B., quien manifestó: “…el día 03/03/2006, a las 4:00 de la tarde, me trasladé con el agente Vásquez, hacia el sector Puerto España a los fines de realizar una inspección, en un sitio de sitio de suceso cerrado, piso de cemento, paredes de bloque, con su fachada en sentido sur, protegida por una puerta de metal, con sistema de seguridad de llaves, sin violencia; una vez en el interior se halla un área rectangular que funge como sala, amoblada, con un pasillo que comunica en sentido Oeste cuatro habitaciones, protegidas con puertas de madera, sin violencia, amobladas y en total orden, posterior a esta se aprecian un espacio rectangular que funge como cocina, en el cual se vio una nevera, una cocina y un lavaplatos, en total orden; en sentido este se aprecian cinco habitaciones con sus puertas, sin violencia, posterior a esta una puerta de metal que conduce a la Calle Las Tinajas.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga a la Experto en la forma siguiente: ¿esa inspección la hizo sola? R) en compañía de otro funcionario, un investigador; ¿el espacio de la cocina esta protegido con una puerta? R) no; ¿es grande? R) no, el espacio es pequeño; ¿Cuáles son las características de la cocina? R) no recuerdo, pero deje constancia de que había una cocina, una nevera y un lavandero; ¿observo si en esa residencia habían otras casas? R) si, habían otras casas, una calle y al final estaba la casa, de ambos lados habían casas; ¿Cómo era el callejón, era entrada o salida? R) hay la entrada a la vivienda, de ambos lados hay casas, frente a ella queda en forma rectangular el porche, es viable; ¿recolecto evidencias? R) no; ¿observo servidumbre de paso? R) dentro de la vivienda si; ¿Cómo era el callejón? R) angosto para el paso peatonal.

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interroga a la Experto en la forma siguiente: ¿usted inspeccionó una vivienda o en varias? R) en una; ¿Cuántas habitaciones tenia? R) si mal no recuerdo nueve; ¿Cuántos frentes tenía esa casa? R) dos; ¿no tenía patio? R) no; ¿se puede entrar por la Calle García y por Puerto España? R) la entrada principal es esta, hay dos entradas; en el sector Puerto España hay una entrada y del otro lado Las Tinajas; ¿Dónde quedan Las Tinajas? R) en el callejón; ¿la entrada principal por donde es? R) por la Calle García; ¿sabes lo que es una servidumbre de paso? R) creo que se refiere a paso peatonal, no vehicular; ¿esa vivienda observaste que servia de paso a personas ajenas a esa vivienda? R) no, debe ser de la casa o amigos de allí para pasar; ¿no sirve para pasar personas ajenas a esa casa? R) exacto; ¿las habitaciones tenían puertas de madera o cortinas? R) puertas de madera; ¿en esa vivienda cuantas cocinas observaste? R) una; ¿la vivienda tenia viviendas alrededor como tal? R) de ambos lados; ¿es habitada o despoblada? R) habitada; ¿te consideras con la suficiente experiencia para determinar el tipo de zona? R) si; ¿según tu percepción es un sitio concurrido o desolado? R) es un barrio y en los barrios siempre hay personas a esa hora; ¿a que hora hiciste la inspección? R) a las 4:00 de la tarde. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes interrogan de la forma siguiente: ¿Cuántas habitaciones tenía la vivienda? R) nueve, la entrada principal tenia cuatro habitaciones, después la cocina y del lado derecho cinco o mas; ¿Cuándo habla de habitaciones habla de sitios para dormir? R) si. Es todo.

Por ser coherente la experta en la explicación de la inspección del sitio del suceso por ella practicada, y notarse seria y equilibrada al momento de declarar y al ser interrogada por ambas partes sin ninguna incidencia en particular que la desacreditara, se le otorga valor probatorio a dicho testimonio.

La Testigo A.B.A., quien expuso: “…Resulta que yo me entero de lo sucedido por C.H., que resulta que J.G.S. le dijo a Carlos que el señor Román le dijo que: había aparecido una nueva “mariquita”, por que yo lo puse a mamar y me lo cogí. Yo llegué a la casa del señor y me dijeron que era embuste, el señor se alteró, le ofreció golpes a los otros muchachos, yo dije, bueno, esto no se va a quedar como un chisme; entonces yo llamé al niño y me dijo que sí era cierto lo que había hecho, y que por temor no lo había dicho, a el se le aplicó una prueba forense, la familia de el llegó a mi casa y dijeron que dejara eso así, cuando a el lo detienen la mamá fue a mi casa a insultarme, y me dijo que sí era verdad, por que mi hijo era marico, dijeron que yo compré a la fiscal, lo que quiero es que se haga justicia…”

Acto seguido se le concede el derecho de palabra a las partes a los fines de formular las preguntas. Preguntó la fiscal: ¿Por qué usted dice que el le violó a su hijo? Por que mi hijo me lo confesó, y hay una prueba, me dijo que lo había puesto a ser eso ¿Qué le dijo? Que le había puesto a mamar el pene, y que lo había penetrado ¿Qué hizo el señor? Fuimos a buscar a J.G. y Carlos, estaba también J.R., y el señor le ofreció golpes, y me dijeron que el señor J.R. le había hecho eso, eso me lo dijo J.G.. Preguntó la defensa: ¿Usted pudo observar a través de los sentidos lo que usted narró en esta sala? No, yo no estaba presente ¿Su hijo en algún momento le dijo como llegó al sitio donde sucedieron los hechos? Que iba pasando ¿Lo hacía cada vez que tenía necesidad de dirigirse a la casa de la tía? Si ¿Todas las veces que tenía que ir para la casa de su tía pasaba por ahí? Si ¿Alguna vez su hijo le dijo que fue maltratado? No ¿Le dijo que había sido maltratado con un cuchillo? No ¿usted le vio su cuerpo, la cara? Si ¿Le vio algo rojo de su cuello? No ¿En la parte derecha de su cuello le vio algo? No ¿Quién le lava la ropa interior a su hijo? Yo ¿Usted observó la ropa interior de su hijo manchada de sangres? No ¿Usted revisó la ropa que el estaba remojando? Si la revisé ¿Es fácil sacarle la sangre a una ropa? No ¿Su hijo salía de la calle? Muy poco, jugaba, salía al Internet ¿Las actividades fueron siempre fueron las mismas? Si ¿Su hijo trataba al señor Román? Si ¿Había alguna diferencia, problema entre el señor Román y su hijo? No ¿Hubo algún problema entre la familia o el señor Román con ustedes? Si, si hubo ¿Qué tipo de fama tiene el señor Román para usted? Tiene su esposa, dos hijos, vende tortas ¿Tiene alguna mala percepción del señor Román? A pesar del problema de su familia y la mía, no ¿Qué fue lo que Carlos le dijo a usted? Que J.G. le dijo ¿Y Carlos le dijo que el señor Román le dijo a el también, o sea a Carlos? No ¿En algún momento Gregory le cometó que fue lo que había dicho? Si, que lo había puesto a mamar.

El Testigo C.M.R.A., quien expuso: “…Yo la información que tengo es que hace como dos años y medio, a tras por mi casa estaba un Ciber, estaba mi amigo Gregory, y dijo que el señor que el había abusado de mi primo, yo no lo tomé en cuenta, por cuanto el señor siempre estaba echando broma, y luego me enteré de eso, y yo le dije bueno, luego el señor fue a la casa de Hernández a amenazarlo diciendo que era mentira…”

Se le concede el derecho de palabra a las partes a los fines de formular sus preguntas: Preguntó la fiscal: ¿Recuerda que tiempo hace? En realidad no recuerdo, solo se que fue en horas del mediodía ¿recuerdas a quien señaló Gregory? A el (señalando al acusado) ¿Eso que escuchaste se lo comentaste a otra persona? A Gregory se lo comenté, yo le dije que había escuchado que había abusado de Víctor ¿Qué escuchaste? Yo escuché que lo había puesto a mamar el pene, después que yo salí del Ciber escuché eso ¿Cómo viste la conducta de Víctor? Se la mantenía durmiendo, no era el mismo, cuando yo le preguntaba que pasaba me decía, no nada me duele la cabeza. Preguntó la defensa: ¿Dónde queda el Ciber a que haces referencia? En la calle Puerto España ¿En la vía pública? Si, el Ciber es pequeño, y a esa hora no frecuentaba muchas personas ¿El señor Román llegó y solicitó el servicio de una computadora? No, se sentó al lado de Gregory ¿Llegó únicamente a decirle eso a Gregory? No hablaron de otra cosa, y escuché eso ¿De que otra cosas hablaron? No recuerdo ¿Recuerdas las palabras que el dijo? El chamito, ese el que vive en la casa de la señora Zoraida, lo puse a mamar ¿Cuál es tu relación con el ciudadano V.A.? Es mi primo ¿Tu observaste alguna actitud anormal en el señor Román en la comunidad? No ¿En algún momento observaste al señor Román ofrecerle dinero a algún joven en la comunidad? No, el siempre estaba echando broma, yo estaba con el grupo de muchachos que viven cerca de por ahí ¿En algún momento le preguntaste a tu primo si eso era mentira? No, mi amigo Marcos me dijo que el señor lo había comentado en una fiesta ¿Víctor salía de su casa? Quedó como una semana y media sin salir.

Pregunta el escabino: Cuándo ustedes estaban en el tiempo que sucedió las cosas, ¿cómo estaba Víctor? Lo noté extraño, no se sentaba con nosotros.

El Testigo G.S., quien expuso: “…yo no tenía mucho tiempo tratando, de la noche a la mañana el agarró una confianza conmigo, y me dijo tu sabes de quien abusé, y yo le dije muchacho no se, y me contó, al siguiente día yo le conté a mi primo, después el le llevó la información a la mamá del niñito, la mama me fue a buscar, y me dice que estaba pasando, y él (señalando al acusado) me hacía señas que no dijera nada, al tiempo llegaron unos abogados familiares de él, y me dijeron que eliminara eso, por que él tiene su familia. El tenía que pensar lo que había dicho…”

Se le concede el derecho de palabra a las partes a los fines de formular sus preguntas Preguntó la fiscal: ¿Quién te dijo eso en el Cyber? El señor ese (señalando al acusado) ¿Recuerdas en que tiempo fue? no, pero fue como a hora del mediodía ¿Qué te dijo Román? Que había abusado de Víctor ¿Habían otras personas ahí en el Cyber? Si, el p.d.V. ¿Quién es Chuo? El acusado ¿Qué le dijiste a Carlos? Que el señor Chuo me dijo que había abusado de Víctor ¿Qué le dijo él? Que no dijera nada, por medio de señas. Preguntó la defensa: ¿tienes enemistad con el señor Román? Nunca ¿Es tu amigo? No ¿Le tienes aprecio? No, no le tengo aprecio ¿Le tienes rabia? Quizás si, por lo que es ¿Tu conoces a Víctor? Si ¿Estimas a Víctor? Si ¿Usted me puede decir si el señor Román era amigo suyo? Amigo no, el fue el que se acercó a mi ¿El en algún momento intentó abusar de ti? Intentar no, pero si me lo insinuaba ¿Cómo pudiste obtener la confianza con una persona que te buscaba para abusar? No, ¿tienes testigos? Si a M.A. y a César ¿Víctor te afirmó o te negó que lo que te había dicho Román era verdadero o falso? No ¿Román llegó al Cyber para que lo escuchara? No, era para que el me hiciera lo mismo ¿Aparte del dicho de el tienes otras pruebas? No, el me lo ratificó ¿Tienes pruebas? Sí, los muchachos, César, Alvarito, después que el lo hizo el lo comentó ¿Por qué tenía temor usted de no decir nada? Que se podía saber la verdad e ir preso ¿El está actualmente en la zona de la comunidad? Tengo tiempo que no lo veo.

Pregunta el escabino: ¿Tu crees lo que te dijo en el Cyber para no escuchar? No, para conseguirme a mí.

El Testigo C.G.H.C., quien manifestó: “…Yo me enteré de lo sucedido un jueves como a las once de la noche, por mi primo que me dijo: ¿a que no sabes quien es marica? y le dije ¿Quién? y me dijo “Vitico” y yo le dije eso es viejo porque yo creía que era un amigo, cuando me dijo el hijo de “Anita” me quedé impactado y le dije como ¿es eso?, porque “Chuo” le dijo a mi primo que había puesto a Víctor a mamar y se puso vaselina en el pene y lo penetro y yo no lo creía y le dije para investigar y me encuentro al niño frente a la casa, cuando lo veo pensaba entre mi: ¡lo llamo o no lo llamo!, me quedé tranquilo, pero me mataba la ansiedad y la curiosidad y hablé con una vecina que trabaja con los espíritus y le cuento lo que me enteré por Gregory y le dije que no sabía que hacer y ella me dijo que me quedara tranquilo que eso no era mi problema; me extraña la aptitud de J.R. en contra de mi persona, porque la señora le contó y me fue a buscar de forma agresiva y yo estaba durmiendo y el llegó reclamándome y yo le dije que me dijera quien se lo dijo para ir arreglar el problema. Cuando el señor sale mi familia me preguntó ¿que paso? y yo le dije que él estaba molesto por que le dije algo y pensé: no me voy a quedar tranquilo y fui a contarle a la mamá de Víctor, le pregunte por el niño y me dijo que estaba en clase, le dije para buscar a Gregory y ella fue con el señor “Chuo” a la casa de Gregory y le preguntaron si él me había dicho eso a mi, lo que yo le conté, diciéndole “Chuo” por atrás de la señora que dijera que no; cuando vienen le pregunte que paso y dijo ella que el dijo que no había dicho nada, lo fui a buscar molesto por mentiroso y me dijo que iba a decir la verdad, fuimos a la casa donde habían otras personas con mi persona, yo le dije a Gregory que porque se negó a lo que me dijo y el dijo que “Chuo” le había hecho señas para que dijera que no, el se puso agresivo y si no es por mi papá lo mata, otros niños dijeron otras cosas, yo estaba como loco, no lo creía, el niño tenia temor de hablar y la mamá dijo que lo iba a llevar a un medico forense. Después de todo esto yo le dije que yo era el perjudicado y no tengo nada que ver en esto, uno le dijo al otro y me dijeron a mí. Yo trabajaba como mensajero del C.L.d.E.S. y cuando voy a tesorería me salen dos muchachos y se me pararon en el frente y me dijeron que me andaban buscando, porque denuncié a “Chuo” y me dijeron nombre y apellido y me dicen que si lo meten preso me van a matar. En la casa al llegar se lo comenta a la mamá y me dijo que se lo dijera a la mamá de el, yo fui y nos encerró en el cuarto y le conté lo que paso y le dije que ¿porque conmigo? y la muchacha que me amenazo se parece a su sobrina y ella dijo que si me hubiera mandado a amenazar me hacen esguace. El afectado soy yo. El señor fue para la casa de “Anita” y hablaron que se jugaban diciéndose niñitas, muchachas y eso es mentira, el una vez se jugó conmigo y yo le puse un parao, para el esos niños eran homosexuales…”

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó al Testigo en la forma siguiente: ¿Qué fue lo que Gregory te dijo? R) que si no sabía quien era marica y yo le dije que eso era viejo, pensando que era el de “El Salado” y el me dijo no “Vitico” el de “Anita”, porque “Chuo” me dijo que le puso a mamar el pena y se puso vaselina y lo penetró; ¿Por qué te dijo eso? R) no se; ¿Qué es Gregory tuyo? R) primo; ¿Dónde fue eso? R) en un callejón; ¿estabas solo cuanto te lo dijo? R) no, estaba con una compañera que se asombró; ¿Cómo se llama el hijo de la señora Ana? R) V.A.; ¿Qué edad tenía para el momento de los hechos? R) 12 años; ¿Quién es “Chuo”? R) J.R.R.R. y señalo al acusado; ¿tienes algún lapso con él? R) no, nunca; ¿tuviste algún problema con el antes de esto? R) no, una vez que se jugó con migo y me llamó “marica”, cuando va a comprar empanadas, pasé y me dijo muchacha y me agarró por allí; ¿desde cuando lo conoces? R) desde que nací; ¿siempre has vivido por allí? R) si; ¿Cómo ha sido la conducta de él por allí? R) normal, con su venta de tortas; ¿no se metía con nadie? R) no; ¿y como fue eso entonces que cuentas? R) yo estaba en una casa y el llegó, como el se jugaba con los niños así creyó que yo lo iba a aguantar; ¿Qué hace “Chuo”? R) vende tortas; ¿tiene familia? R) si; ¿Cuántas personas? R) bastantes; ¿todas esas personas viven con el? R) desde el problema el se fue de allí; ¿y antes? R) no sabría decirle, porque yo no me la paso por allí; ¿conoces a Vitico? R) desde que era un chamito; ¿Cómo es él? R) se la pasa jugando, no se pierde por allí, sale, estudia; ¿lo viste alguna vez con el acusado? R) nunca; ¿Cómo es la casa donde vivía “Chuo”? R) tiene dos entradas, una para la parte donde vivo yo y otra para el lado de Gregory; ¿hay viviendas a su alrededor? R) si; ¿sabes si entre Gregory y el acusado hubo problemas personales? R) no se, una vez Gregory dijo que la familia de el lo hizo correr, pero no se porque; ¿después de lo que te dijo Gregory, hablaste con el acusado? R) no, se lo dije a la vecina; ¿hubo algún reclamo hacia él cuando llego y estaban a las personas? R) le dije que eso era para que viera que yo no tenia nada que ver; ¿en esa reunión fue cuando el le hizo señas a Gregory para que se negara? R) no, fue en la casa; ¿estaba usted allí? R) no, la señora Ana me lo dijo y yo fui a buscar a Gregory para el Ciber y el me dijo que iba a decir la verdad y es cuando se da lo de la reunión; ¿iba usted al Ciber? R) cuando iba a hacer un trabajo; ¿viste al acusado en ese lugar? R) no, yo nunca lo vi, ni en la puerta; ¿después que pasa todo esto, como llegas a observar al adolescente en cuanto a su conducta? R) extraño, siempre estaba alegre y después de eso se encerró en su mundo y esta solo; ¿le preguntaste que tenía? R) no. Es todo. Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿llegaste tú en algún momento ver a Román en el Ciber? R) no; ¿con respecto a lo narrado en sala de lo que te dijo Gregory, que te dijo? R) a que no sabes quien es marica y yo le dije quien, me dijo Vitico el de Anita y yo le dije que era mentira y me dijo si en serio porque me lo dijo “Chuo”, que lo puso a mamar y que se puso vaselina en el pene y lo penetro; ¿usted da como un hecho cierto que Gregory le manifestó que “Chuo” se echo vaselina en la parte anal a Vitico para penetrarlo? R) si; ¿lo que afirma que le dijo Gregory, en que parte de Cumaná se lo dijo? R) en el callejón de Puerto España, las tinitas; ¿a parte de ese lugar nunca se lo manifestó en su casa? R) no; ¿usted observo o corroboro lo dicho por Gregory, de que “Chuo” penetro a Vitico o lo puso a mamar pene? R) de estar en el sitio no; ¿antes de venir al tribunal usted declaro en el CICPC? R) si; ¿en su entrevista manifestó usted que lo que supuestamente hizo “Chuo” era un chisme? R) si fue un chisme no se, los PTJ me dijeron que si yo venia por el caso de las tres “mariquitas”, el de la tortera sádica; ¿usted dijo en el CICPC que eso era un chisme de mentira de los jóvenes? R) no. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes interrogan al Testigo de la forma siguiente: ¿Cuándo Gregory te dijo lo que había pasado, cuando había ocurrido eso? R) a los tres días; ¿estaban en un ritual? R) si, espiritual y el acusado manoseaba al otro testigo, a César, ¿recuerda la fecha en que le hicieron el comentario? R) no recuerdo, era un jueves a las 11:30 de la noche; ¿y el cuento cuando fue? R) tres días antes.

El Testigo M.R.A.V., quien manifestó: “…todo empezó, yo me entere en el cumpleaños de la mamá de Jesús, ese día comenzó, él me dijo lo que pasó y el sigue diciéndolo. Al otro día me dijo nuevamente lo que hizo y yo le pregunte a mi primo y el no me dijo nada. Otro día lo llamé delante de él para que me dijera y le dio la espalda agarrándolo por el brazo y le dijo: dile con la verdad. Muchas veces me ofreció plata para irnos para “La Llanada”, yo salía con una señora que sabe brujería y el llegaba y nos ofrecía irnos y nos ofrecía plata y yo nunca quise irme, ni dije nada…”

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó al Testigo en la forma siguiente: ¿como se llama la persona que te dijo que le había hecho a tu primo? R) J.R.R.; ¿Qué te dijo? R) que en la tarde, en su casa no había nadie y que había puesto a Víctor a mamarle sus partes intimas y que lo había penetrado; ¿Por qué te dijo eso? R) no se, desde que lo conozco me dice cosas, pero ese día estaba rascado; ¿Dónde te lo dijo? R) en el cumpleaños y en la casa de la mamá; ¿había mucha gente cuando te lo dijo? R) no; ¿no era una fiesta pues? R) si, pero yo estaba alejado, el me llamó aparte; ¿alguien se dio cuenta que el te llamó aparte? R) si, estaba con dos amigos, fui me dijo y yo me volví a sentar; ¿Por qué te dice eso? R) no se, nosotros teníamos confianza; ¿Cómo confianza? R) amistad; ¿en que consistía esa amistad? R) de clases, hablábamos, me preguntaba si tenia novio, me hablaba de la señora que sabe brujería; ¿el iba con ustedes? R) no siempre, íbamos con la señora un poco de muchachos y el se aparecía; ¿y como sabia el donde iban? R) cuando hablábamos que íbamos al Río el escuchaba; ¿Cómo sabes que la casa del señor estaba solo? R) el me dijo que en su casa no había nadie, su mamá había salido para el mercado y las hermanos no estaban; ¿Cuántas personas viven en esa casa? R) muchas; ¿eres p.d.V.? R) si; ¿tienes conocimiento si entre Vitico y el acusado, habían problemas personales? R) no sabría decirle, pocas veces los vi hablando; ¿Qué tiempo tienes conociéndolo? R) antes del problema un año; ¿antes y después del problema como que tiempo tienes conociéndolo? R) cuatro años; ¿Cómo es su aptitud en la comunidad? R) echador de broma, muy vulgar, diciéndole a una persona que era puta y cosas de esas, decía cosas en juego; ¿con su persona se metía? R) el me decía que tenia un sobrino, para ir a “La Llanada”, para ir; ¿conoces a Gregory? R) si; ¿tuvo el problemas con el acusado? R) no.

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó al Testigo en la forma siguiente: ¿Qué edad tenías para el momento de los hechos? R) 14 años; ¿lo que narraste en esta sala, quien te lo informo? R) J.R.; ¿la primera persona por la cual te enteras de lo narrado fue por el señor J.R.? R) si, lo que pasó el mismo día; ¿Qué fue lo que pasó? R) lo que el me dijo; ¿Qué fecha fue? R) no se, el mismo día del cumpleaños de la mamá; ¿C.R., no te manifestó lo que dijiste aquí? R) no; ¿tu alguna vez hablaste con Víctor de este tema? R) no; ¿nunca Víctor a ti personalmente te negó que lo que paso era verdad o mentira? R) cuando le pregunté me dio la espalda; ¿nunca te dijo si era verdad o mentira lo que decían? R) no; ¿declaraste en PTJ, antes de hacerlo aquí? R) si; ¿en PTJ nunca dijiste que te informo Cesar? R) no; ¿en PTJ no dijiste de Victo te negó lo que narraste aquí? R) no; ¿eres vecino de la zona don de vive Víctor, Jesús, Gregory? R) para el momento de los hechos si; ¿habías entrado a la casa de Román? R) si; ¿entran muchas personas en esa casa? R) no sabría decirle; ¿Cuándo Román te dice lo que narras habían muchas personas? R) no, el me llamó aparte; ¿Cómo es la casa de Román? R) queda en un callejón, cuantos cuartos no se, su sala, su cocina, no muy grande; ¿los espacios son cercanos? R) si; ¿Dónde estabas tu cuando te llamó Román? R) en la calle, era la fiesta y el me llamó al callejón; Cuándo hablas con él ¿estaba Víctor? R) no; ¿y cuando fue lo que narraste acerca de que te dio la espalda? R) como a los tres días, el me lo había dicho ya tres veces; ¿y eso donde fue? R) en la calle de “Puerto España”; ¿a que hora fue? R) no recuerdo, hacia la media tarde; ¿la calle estaba concurrida o sola? R) había gente pero estaba sola; ¿eso es en la vía de “El Guapo”? R) si; ¿estaban solos? R) no había nadie cerca; ¿Dónde estudiaba Víctor? R) no se; ¿el turno en que estudiaba? R) no se; ¿eras muy amigo de Víctor? R) muy poco nos veíamos; ¿eres familia de Víctor? R) si, vivimos en casas separadas; ¿tienes amistad con Román? R) no; ¿tenias intimidad o amistad con Román? R) yo no, pero de el creo que si; ¿el confiaba en ti? R) si, por lo que me comentó, primera vez que me comentaba algo así, después salieron rumores que había hecho lo mismo en “La llanada”; ¿eres amigo de Gregory? R) muy poco, al vernos nos saludábamos; ¿muy poca confianza? R) si; ¿y de Cesar, tenias confianza? R) es mi primo y no; ¿no te viste en la posibilidad de verte con ellos y Jesús juntos en un mismo espacio? R) cuando se rumoró lo que pasaba y el intentó pegarle a Gregory; ¿Román fue alguna vez chistoso contigo? R) no; ¿y con Antón? R) si; ¿se encontraba Cesar allí? R) si; ¿con respecto a la situación planteada con Víctor, este practicó alguna actividad deportiva? R) no sabría decirle. Es todo.

A dichos medios de prueba, A.B.A., C.M.R.A., G.S., C.G.H.C. y M.R.A.V., dichos medios de prueba, anteriormente descritos, todos testigos referenciales, se les otorgó justo valor probatorio en virtud de que adminiculados lo dicho por unos con los otros, todos los testigos fueron contestes en sus declaraciones y sus respuestas convincentes cuando fueron repreguntados por las partes, quines no mostraron confusión y respondieron de manera natural y fluida. Si bien es cierto hubo un poco de nerviosismo, lo mismo es atribuible quizá la escasa edad de los declarantes, y la rabia natural de la Madre de la víctima del delito. Pero en general no hubo titubeos ni cavilaciones al declarar, todos fueron categóricos al señalar lo que se les contó de diferentes fuentes y reconocieron al acusado como el autor de tales hechos donde resultó abusado sexualmente la víctima V.G.A..

Los testigos referenciales anteriores convencieron a los juzgadores, de que el ciudadano J.R.R., haya divulgado a varios jovencitos lo que él le habría hecho al adolescente V.G.A., lo que originó la llamada de atención de la Madre y el consecuente reconocimiento de lo sucedido por parte de la víctima quien hasta esos momentos había guardado silencio sobre lo ocurrido, por razones naturales.

La Testigo J.J.B.R., quien manifestó: “…yo estoy aquí para desmentir de lo que se acusa al señor, el no es un violador, el es trabajador, lo hace para sus hijos, el niño nunca pasó por allí, porque yo me la paso allí, mi hermano nunca hizo eso porque ese niño nunca pasó por mi casa, le doy fe de que el es inocente, el sale a vender, mi mamá en la cocina y el sale a vender, el solo vende dulces, el no molesta a nadie, doy fe que es inocente…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó a la testigo en la forma siguiente: ¿conoce a la víctima? R) si, se que lo llaman Víctor; ¿en el año 2006 el paso por su casa? R) Nunca paso por allí; ¿Cuándo afirma que permanece, la vivienda de la señora Rosa como es? R) es un callejón, tiene cinco casas y la sala, dos habitaciones y en frente la mesa donde trabaja mi hermano y por donde todo el mundo pasa, tiene la cocina, mi cuarto, una sala un jardín; ¿conoce las actividades de la casa, de la cocina, quien cocina? R) mi mamá; ¿en que horario lo hace? R) a las 11:00 del día mamá hace sus quehaceres; ¿a que hora termina? R) 1:30 a 2:00; ¿Cuántas personas habitan en esa casa? R) como quince personas, pero siempre hay muchos muchachos; ¿al mediodía la casa está sola? R) todo el mundo esperando a mamá que sirva la comida; ¿es posible según usted que ocurra un hecho anormal como el que se trata en este tribunal y que nadie lo perciba? R) todo lo que sucede los vecinos lo escuchan, lo que hablen, lo que hacen, todos los que pasan ven para adentro, a mi hermano trabajando; ¿Qué vínculo lo une con el acusado? R) es mi hermano; ¿conoce a la víctima y a su familia? R) si; ¿existen vínculos entre ustedes? R) no; ¿existe enemistad entre ustedes? R) enemistad; ¿usted observó el comportamiento del niño por la comunidad? R) siempre lo veo bien, nunca en la casa han tratado con el; ¿la señora A.M. es su madre? R) si; ¿sabe la fecha de nacimiento de ella? R) 30 de agosto; ¿en el año 2004, 2005, 2006, a la señora A.M. se le celebra el cumpleaños? R) siempre; ¿ha estado el joven allí en esas fiestas? R) no, el nunca ha ido a la casa; ¿Conoce al señor Antón, Vitoria, Hernández? R) si; ¿son asiduos a su casa? R) no, nunca, menos; ¿han estado en algún cumpleaños de su madre? R) nunca; ¿sabe cual es el vínculo entre las personas que le nombre y la victima? R) si, son primos; ¿puede describir la cocina de la casa de la señora A.M.? R) la cocina es negra, el mesón y unas cortinas, arriba unos gabinetes; ¿sobre el mesón hay gaveteros? R) no; ¿en esa cocina se guardan los enceres para comer? R) no, mamá los guarda en la nevera de su cuarto para que no lo agarren los niños; ¿Cuántos niños hay en esa casa? R) Ocho; ¿permanecen esos niños allí? R) siempre; ¿es posible que en todos los años de su vida que esa casa quede sola? R) no, esa casa siempre esta habitada.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿usted que hace? R) del hogar; ¿tiene familia? R) si; ¿esposo? R) si; ¿hijos? R) uno solo; ¿siempre esta en la casa? R) siempre; ¿Qué edad tiene su bebe? R) cinco años; ¿Qué hace su esposo? R) marino; ¿Qué hace su hermano? R) dulces, los hace todo el día del mundo y sábados y domingo hace hallacas; ¿en que horarios hace los dulces? R) sale a las ocho al mercado y le dice a mi hermana que le raye los cocos y llega hace sus dulces y ayuda a mama; ¿a que hora sale a vender los dulces? R) a las 2:00 de la tarde; ¿toma días libres? R) no, siempre lo regañamos; ¿usted vive en esa casa? R) llego todos los días a las 11:00 de la mañana y me voy en la noche, siempre estoy allí; ¿Dónde vive usted? R) en el “Cumanagoto”; ¿Cómo hace para atender su casa? R) como mi esposo es marino, yo me paro, hago el desayuno y me vengo a casa de mama hasta las 8:00 de la noche; ¿Dónde vive Víctor? R) el vivía donde su abuela, pero el tenía su casa en “La Llanada”; ¿Dónde vive la abuela? R) en Puerto España; ¿por allí vive una tía de Víctor? R) si; ¿Cómo se llega a esa casa? R) la casa de la abuela vive por la carretera y atrás la de la tía que queda en frente de la casa de mi tía; ¿Cómo se llama esa tía de Víctor? R) Maria; ¿se puede pasar por la casa de su mama para llegar a la casa de la tía de Víctor? R) si, se puede por las dos partes; ¿Quiénes pasan por allí? R) nosotros y los muchachos que pasan por allí; ¿para ir a la casa de la tía de Víctor, hay personas que agarran como camino la casa de su mama? R) no, ahorita no se trata con nadie por allí; ¿y antes se pasaba? R) si; ¿Cómo es la cocina? R) es negra, con un mesón, arriba unas cortinas y un seibo; ¿los utensilios donde pertenecen? R) en la nevera de mamá, pero la que esta en el cuarto; ¿no hay nada en la cocina? R) una nevera, pero tiene otra en el cuarto; ¿porqué? R) para que los niños agarren eso; ¿vio a su hermano alguna vez con Vitico? R) no nunca, el tenía una tía que llegaba a la casa; ¿de que acusan a tu hermano? R) de violación, de abuso sexual; ¿porque? R) por rumores de los muchachos en un Internet y se lo dijeron a la mamá del niño quien acusó a mi hermano; ¿Quién hizo el comentario? R) Carlitos y Gregory; ¿Dónde queda el Internet? R) por la casa de la abuela de Víctor; ¿todos los 30 de agostos celebran el cumpleaños de tu mama? R) si se llena de gente; ¿Cómo cuanta gente? R) mucha; ¿en que se basa usted para decir que en esa fiesta nunca vio a los muchachos? R) porque somos ocho hermanos y somos los que atendemos a la gente, además no los invitamos. Es todo. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes interrogan al Testigo de la forma siguiente: ¿Cómo es que todo lo que se habla en su casa lo escuchan todos? R) porque viven juntos y todo se escucha; ¿siempre existió la enemistad? R) si siempre, ¿las quince personas que describe viven en la casa de su mamá pernotan allí o están en las mismas condiciones de usted? R) si, yo y una hermana somos las que no vivimos allí; ¿Cuántos cuartos tiene la casa? R) ocho; ¿Qué otros espacios tiene la casa? R) cocina, baños, sala y porche.

La Testigo A.L.B., quien manifestó: “…Vengo a desmentir de lo que acusan a Román, ese niño no pasó por esa casa, Román pasa todo el día trabajando, yo lo ayudo a picar sus cosas de trabajo, el se va para casa de la abuela y mi sobrina le fríe los pasteles, yo a veces le rayo el coco, ese niño nunca paso por mi casa, después llega a las 11 a recoger lo que hizo mi sobrina y llega como a las tres a hacer quesillos, pasteles, coquitos y le dice a mama que le de para hacer un mandado, mamá siempre está sentada en la cocina y yo digo “Chuo” siempre deja que todo se queme, sale y llega como a las nueve y le dice a mamá que llegó y va a ver a sus hijos, ese niño no ha pasado por allí, en mi casa pasa mucha gente para que acusen a mi hermano, ni en la cocina ni en la sala ni en el cuarto…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó al Testigo en la forma siguiente: ¿estás normalmente en tu casa? R) si; ¿Qué haces? R) me la mantengo viendo televisión, salgo de noche y estudio, le contesto las llamadas a Román donde dice que le diga a mamá que le vea el quesillo; ¿a que hora comienzan las actividades en tu casa? R) mamá se mete en la cocina desde las 11:00 de la mañana a 1:00 de la tarde; ¿en horas del mediodía la casa queda sola? R) nunca; ¿en los años 2004 al 2006, viste entrar a Víctor a la casa de R.M.? R) no nunca, jamás en mi vida; ¿es posible que en horas del mediodía el señor Román meta a un adolescente a la cocina y le haga algo? R) no nunca; ¿Cómo es la forma de vivir en esa zona? R) allí se la mantiene mucha gente desde la entrada a la salida; ¿Cómo es la zona? R) siempre hay bastante gente, todo lo que se comenta en mi casa se escucha al lado, hay demasiada gente en mi casa, en la entrada y la salida; ¿Qué hace el señor Román? R) llega hace sus cosas y sale para la calle, va para donde la abuela, va donde la esposa, se va, llega a la casa y le dice a mamá que le haga esto, lo otro, uno pelea con el porque siempre anda despistado, mamá lo manda a acostar y el dice que se va para donde su esposa; ¿conoce a la víctima? R) lo he visto; ¿conoce a la mamá? R) si, se quien es, me la mantenía con una sobrina de ella; ¿Qué relación hay entre ustedes? R) de aquí para adelante una tiranía, no se que pasa si será una envidia, yo me la pasaba con su sobrina y nunca nos tiramos.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó al Testigo en la forma siguiente: ¿Cuántas personas viven en tu casa? R) quince, doce a quince; ¿Yohana vive en esa casa? R) si; ¿Qué hace? R) ayuda a Jesús; ¿y el esposo que hace? R) en barcos; ¿tiene hijos? R) si uno; ¿estudia? R) si; ¿para el momento de los hechos estudiaba? R) no; ¿Yohana vive en esa casa? R) no, donde su abuela, pero se la pasa todo el día en esa casa; ¿la señora Rosa que es de Yohana? R) mamá; ¿Dónde tiene su casa la señora Yohana? R) en el Cumanagoto; ¿en que momento esta en su casa? R) en casa de mamá todo el tiempo, desde las 10:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche; ¿Dónde vive la esposa de su hermano? R) allí mismo en Puerto España; ¿Por qué no viven juntos? R) a ella le gusta estar pegada de su mamá y a el con su abuela; ¿esa enemistad entre la familia de Vitico, existe desde antes de acusar a su hermano o de antes? R) yo trataba con la hermana de la mamá de Vitico desde antes, mi familia no; ¿Por qué acusan a tu hermano? R) de un delito que nunca llegó a suceder; ¿Cómo sabes que no sucedió? R) mi hermano es inocente; ¿Cómo sabes? R) porque el nunca trato con el, esto lo inventó Gregory, quien dijo que lo vio en un Internet y a Gregory yo le dije que me lo enseñara y el dijo que eso se había borrado; ¿Gregory y tu hermano son amigos? R) no; ¿sabes donde queda el Internet? R) si; ¿te consta que tu hermano no ha ido allí? R) porque el esposo de mi hermana pasa por allí; ¿Por qué dices que todo lo que dicen en tu casa los vecinos lo escuchan? R) cuando uno habla duro, la vecina llega a reclamar que se callen para que no se despierte su marido; ¿Sabe si C.R., C.H., tratan a tu hermano? R) No, mi hermano nunca a tratado a esa gente, el trata a las vecinas de a los lados de mi casa; ¿a tu mamá siempre le celebran los cumpleaños en agosto? R) si, siempre el mismo día del treinta; ¿de esos cumpleaños nunca viste a Vitico y los que te mencioné? R) no, a ninguno; ¿Cómo es la cocina de tu casa? R) grande, de color negro, cerámica blanca, la nevera blanca, unos mesones; ¿los utensilios de cocina donde los guardan? R) mamá, los guarda en la nevera de su cuarto, arriba; ¿Porqué? R) por los niños; ¿por la casa de su mamá, pasan personas a otro lugar? R) de la entrada hasta allá nosotros; ¿otras personas pasan? R) las vecinas, cuando Jesús pasa cerramos en la noche. Toma la palabra la Juez Presidente quien interroga al Testigo de la forma siguiente: ¿Cuántos años tiene viviendo en su casa? R) desde que nací; ¿Cuántas personas viven allí? R) mi papa, mi mama, mis hermanas, mis cuñados, mis sobrinos; ¿Cuántas habitaciones tiene su casa? R) Dos en la sala y dos en el pasillo; ¿Cuántas habitaciones? R) cuatro.

La Testigo E.C.R., quien manifestó: “…Yo vine para probar la inocencia del ciudadano, a quien se le acusa de algo que no me gusta la forma en que se le acusa, yo vivo en la casa en donde vive la mamá de el, yo me siento en la puerta y en ningún momento el niño ha frecuentado la casa, nunca pasó por la casa, el es muy trabajador y respetuoso y yo permanezco en la casa, jamás he visto cosas irregulares por allá…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de H.O., quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿Dónde vive? R) son dos casas en una, en esa casa yo permanezco sentada en la puerta; ¿en que sector de la localidad de Cumaná quedan esas casas? R) Calle García, sector Puerto España; ¿eso que manifestó que son dos casas en una, cuantas habitaciones tiene? R) siete u ocho; ¿Cuántas personas habitan en esas dos casa en una? R) como diez personas; ¿esas dos casas en una que describe, están todo el tiempo concurridas? R) si bastante, hasta hay niños; ¿Cómo es la actividad en esas dos casas como a las 11:00 de la mañana? R) bastante, allí vive bastante gente y esa es la hora del almuerzo; ¿Qué hace J.R.? R) hace tortas, galletas, dulces, pastelitos; ¿en esas dos casas en una usted se la pasa constantemente? R) si; Si llegara a pasar alguna situación anormal en esa casa ¿usted se daría cuenta? R) por supuesto; ¿en esas dos casas hay vecinos? R) si; ¿si hablo en este tono de voz algún vecino podría escucharme? R) si; ¿conoce a la víctima? R) lo he visto pero por la casa nunca pasó, lo he visto en la calle; ¿lo ha visto pasar por esa casa que describe? R) no nunca.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿usted no hace nada? R) si, pero para todo hay tiempo; ¿tiene un solo bebe? R) tengo cuatro hijos; ¿y su esposo? R) si, vive allí; ¿a que se dedica? R) es marino; ¿Qué vínculo tiene con el acusado? R) es mi sobrino; ¿a que se dedica el? R) a realizar dulces, pastelitos; ¿en que tiempo lo hace? R) de las once para adelante; ¿lo ayudan? R) si todos; ¿Quiénes compran los materiales? R) de mi casa, mi hermana, el, el sale a comprarlos; ¿cerca de su casa hay un Ciber? R) si; ¿su sobrino fue alguna vez a ese lugar? R) no; ¿Cómo sabe? R) el nunca visita eso, el trabaja para vender sus dulces; ¿conoce a Cesar, C.H., Gregori, Marcos? R) no los conozco de trato, pero los veo pasar; ¿alguna vez los vio con su sobrino? R) no; ¿alguna vez vio a la victima en su residencia? R) jamás, lo juro por Dios, por mis hijos y por mí; ¿de que acusan a su sobrino? R) que lo ultrajo a el, de que lo violó; ¿Quién le dijo eso a usted? R) todo se sabe; ¿como? R) por un comentario, a el se le acusa de algo que no hizo, la supuesta violación que dicen. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes interrogan al Testigo de la forma siguiente: ¿Qué tiempo tiene viviendo en esa casa? R) desde el 200, ocho años tengo allí, esa es mi casa, la de mamá; ¿Cuántas personas vivían allí cuando usted estaba? R) como doce metiendo a mis hijos que están por allí; ¿su esposo estaba allí o estaba navegando? R) no estaba; ¿estaba usted viviendo allí cuando sucedió lo que sucedió con el niño? R) si, yo estaba en mi casa. Toma la palabra la Juez Presidente quien interroga al Testigo) de la forma siguiente: ¿recuerda que hacia o donde estaba cuando supuestamente ocurren los hechos? R) estaba en mi casa, yo nunca salgo de allí, siempre estoy en mi casa; ¿recuerda el año en que supuestamente ocurren los hechos? R) no lo recuerdo; ¿pero estaba en su casa? R) siempre estoy allí, pero no lo recuerdo.

La Testigo Leomary J.B., quien manifestó: “…estoy por aquí por lo que sucede con el ciudadano que es inocente, el nunca en su vida ha hecho eso, el no se mete con nadie, desde que lo conozco el no ha hecho eso, al joven señalado a la víctima lo conozco de vista, el nunca paso por la casa de mi mamá, mi hermana si se la pasaba con mi hermana y ella no lo creía, lo que supuestamente dijeron, que yo reconozca nunca, en mi casa se la pasa bastante gente desde las siete de la mañana hasta la noche y Jesús se mete siempre a la hora del almuerzo y mamá discute con el diciéndole que le deje espacio y la deje cocinar, siempre hay mucha gente y en la sala uno se sienta y se ve todo, hay cojines se ve para la cocina para todos lados, ese niño nunca fue a mi casa…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿en el año 2005 en cualquier día del mismo o aproximadamente para el momento de los hechos usted estaba en horas del mediodía en esa casa? R) siempre estamos allí, llegamos yo y mis hermanas, siempre llegamos desde la mañana hasta la noche cuando me busca mi esposo; ¿en esas fechas si un suceso de esa naturaleza ocurriera y como a las 11:00 de la mañana pasara eso, alguien se daría cuenta? R) siempre hay bastante gente en la casa, de haber pasado todos seriamos alcahuetas; ¿el movimiento en esa casa es permanente? R) siempre hay mucha gente, el único que no esta a esa hora es papá porque trabaja; ¿puedes dar fe de la imposibilidad que en el año 2005 o 2006 el señor Román pudo meter a la victima a la cocina? R) no; ¿alguna vez viste cerca de tu casa o dentro de tu casa a Víctor? R) no lo he visto; ¿Quiénes son ellos? R) viven en la comunidad, pero nunca los hemos tratado; ¿tienen algún vínculo con la victima? R) son amigos; ¿tienen amistad ellos con tu hermano? R) no; ¿han tenido alguna relación? R) no; ¿de un hecho de esta naturaleza se supiera inmediatamente? R) allí todo se sabe, así el mínimo chisme se sabe; ¿si en tu casa se comete una violación nadie se daría cuenta? R) señor en esa casa vive mucha gente, la señora del lado se comunica con la cocina; ¿tu hermano es casado? R) si; ¿tiene hijos? R) si; ¿tiene conducta anormal con los niños? R) no; ¿es bebedor tu hermano? R) nunca; ¿es borracho? R) no, no le visto ni los treinta y uno de diciembre, ni cuando se casó; ¿Qué hace? R) hace postres, pastelitos, tequeños; ¿tu hermano visita Ciber? R) no lo he visto, lo veo cuando lo mandan a buscar a mi sobrino que es tremendo; ¿Cómo es la zona donde vives? R) habitada; ¿Cómo es tu casa? R) son dos casas en una; ¿están unidas? R) siempre estamos comunicadas; ¿Cuántas habitaciones hay entre esas dos casas? R) ocho; ¿baños? R) dos; ¿Cómo es la cocina? R) tiene nevera, cocina, una nevera, un gavetero y dos mesones; ¿los cuchillos están en los mesones? R) no, mamá por costumbre los guarda en la nevera de su cuarto, sobre la misma; ¿Cómo hace su hermano las actividades? R) el las hace solo, pero lo ayuda una sobrina y todos lo hacemos; ¿siempre esta acompañado? R) si, a veces con su esposa; ¿con que frecuencia salen a comer a la calle? R) nunca; ¿existe la posibilidad de que el haya quedado solo en su casa? R) no.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿en el 2005 usted vivía en la casa de la señora Rosa? R) yo vivo en casa de mi abuela que vive cerca, pero siempre me la paso donde mamá; ¿eres casada? R) si; ¿Qué hace su esposo? R) trabaja en el muelle; ¿Cuántas personas viven allí en esa casa? R) como doce; ¿viven niños? R) si como ocho; ¿Qué hace usted en la casa de su mama en esas fechas? R) no hacemos nada, estamos con mamá, ayudándolo a el a mi mamá en sus cosas; ¿en que momento su hermano prepara sus cosas? R) de once a dos de la tarde y sale a vender sus cosas; ¿Quién compra la mercancía para hacer eso? R) el mismo compra sus materiales; ¿Cómo es el trato con su hermano? R) bien, somos ocho y nos tratamos bien; ¿a que te refieres cuando dices que el nunca ha hecho eso? R) es inocente, para coger a una persona coge a su esposa; ¿la esposa visita la casa? R) si; ¿Por qué no vive con su esposa? R) vivía con ella, pero después del problema se fue para donde lo criaron; ¿tuviste conocimiento de un comentario que hizo Carlos, Cesar, Gregory? R) un chisme; ¿Qué chisme? R) que mi hermano había violado al niño; ¿existía enemistad entre ellos? R) no, el no llegaba por allí, después que se caso empezó a llegar allá; ¿trataba con estas personas? R) no; ¿Por qué harían ese comentario? R) estará uno de ellos enamorado de mi hermano; ¿conoce a la victima? R) si pero no lo trato; ¿alguna vez los viste con el grupo que te nombré? R) no lo he visto, no se si se tratan; ¿en el pasado? R) no lo he visto. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes no interrogan: toma la palabra la Juez Presidente quien interroga al Testigo de la forma siguiente: ¿a que se dedica su papá? R) trabaja en “Avecaisa”; ¿recuerda donde estaba el día que supuestamente ocurren los hechos? R) en casa de mamá; ¿Quiénes vivían en su casa? R) mi hermana A.L., J.B., mi tía Luisa, mamá, papá, otra tía E.R., una sobrina llamada Mariana, una hermana Marines, un sobrino Rigo, un p.R.A., C.B. y nosotros que no las pasamos allí; ¿Quién era la hermana que se mantenía con usted? R) Y.B..

La Testigo M.J.A., quien manifestó: “…Yo vengo a desmentir, eso es mentira, ese niño nunca ha llegado a la casa de mi abuela, nunca, ni sus primos ni nada…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿para el año 2005 cuantos años tenías? R) 10 años; ¿podrías decir a esa edad, a que se dedica el acusado? R) el es trabajador y yo lo ayudo; ¿Qué hace? R) “suspiros” y yo se los empaqueto; ¿para el 2005 en el lapso de junio a diciembre viste entrar en la casa de tu abuela a la víctima? R) nunca lo he visto en mi casa; ¿Cómo es la comunidad con el acusado? R) el es trabajador y yo lo ayudo, eso es falso que el hizo algo; ¿en esa fecha acompañaste al señor Román a hacer esas cosas que dices? R) si, eso es mentira además porque mi abuela a las once esta haciendo la comida; ¿la sala esta cerca de la cocina? R) no, pero está el comedor; ¿hay posibilidad de que la casa estuviera sola y que Román haya agarrado al niño y lo meta a la cocina? R) no eso es mentira porque a esa hora hay mucha gente cocinando; ¿para esa fecha a eso de las once estabas en tu casa? R) si, yo ayudaba a mi tío y después me iba para la escuela; ¿vives en Puerto España? R) si; ¿Carlos, Cesar, Gregory son amigos de tu tío? R) no; ¿hablo alguna vez con Gregory? R) no; ¿tratan a tu tío? R) no; ¿la victima visitó la casa de tu abuela? R) no, nunca; ¿la casa de tu abuela está sola? R) no, nunca se queda sola la casa; ¿porqué? R) porque están mis tíos, yo, ayudando a hacer las cosas, a freír los pastelitos; ¿a que hora se va? R) como a las doce se va para casa de mi bisabuela; ¿Cómo se llama tu abuela? R) R.R.M.; ¿Cómo es esa casa? R) tiene entrada por salida, en la casa de allá vive mi tía con su familia y de este lado mi abuela, mi abuelos mis papás y yo.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿Cuántas habitaciones hay en la casa de tu abuela? R) ocho; ¿vivías allí en el 2005? R) si; ¿tus padres? R) si; ¿hay cocina? R) una cocina y es negra; ¿Qué mas hay en la cocina? R) hay dos mesones; ¿en casa de tu abuela pasan personas ajenas a ustedes? R) si; ¿quienes? R) los que van a visitar a mi abuela; ¿conoce a la victima? R) lo conozco pero no tengo confianza; ¿conoce a su tía? R) si a Maria; ¿a que distancia vive de la casa de tu abuela? R) a dos casas; ¿por la casa de tu abuela se puede ir a la casa de la tía del joven? R) si, pero el nunca pasó por allí; ¿Qué tipo de amistad tenían con la familia de el? R) comían en el mismo plato; ¿quienes? R) las tías de el; ¿frecuentaban la casa de tu tía las tías de el? R) si; ¿Qué tía de el visitaba tu casa? R) Yelitza; ¿y quienes comían en el mismo plato? R) Yelitza; ¿viste a Yelitza alguna vez con su sobrino en tu casa? R) no; ¿tuviste conocimiento de algún comentario? R) no; ¿de que acusan a tu tío? R) de abuso sexual; ¿Quién lo acusa? R) eso es un chisme que inventaron por allá; ¿había enemistad entre esas personas entre tu tío y esas personas? R) no; ¿se conocían? R) con Marcos más o menos, no de confianza así; ¿llegaste a ver a Marcos allí en tu casa? R) no. Seguidamente toman la palabra los jueces que integran el Tribunal mixto quienes interrogan al Testigo de la forma siguiente: ¿desde que edad ayuda a u tío? R) diez años; ¿a que hora realiza esa ayuda? R) desde las 8:00 de la mañana a la 1:00 de la tarde que me voy al colegio; ¿a que hora empiezan a preparar los dulces que dice? R) como a las diez, por allí.

La Testigo Nancys E.R.S., quien manifestó: Vine a desmentir la denuncia de J.R., yo soy vecina, de lo que lo están calumniando es falso, el es trabajador, honesto y allí en su casa viven mas de quince personas; el se crió en la Calle Vargas con su abuela a cuidado de su mamá, después se casó, es padre de familia, tiene niños, la casa de su mamá tiene ocho habitaciones, no creo de lo que lo acusan porque el es muy honesto y trabajador, hace meriendas, resido en su misma calle; ese joven no frecuente el Ciber, ese niño no visita la casa, en las fiestas no lo invitan, el no frecuenta la casa, por esa casa no pasa nadie, solo los que viven allí…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿es vecina de J.R.? R) si; ¿Cómo es vecina? R) vivo al lado de él, al lado izquierdo; ¿su casa esta pegada a la de él? R) si, lo mas mínimo que allí hagan se escucha en mi casa; ¿en las mañanas esta usted en su casa? R) no, estoy trabajando; ¿es imposible que usted en los meses de agosto a noviembre de 2005, estuviera en su casa? R) si, porque en esa fecha estoy de vacaciones, trabajo en un colegio; ¿en el supuesto de que en la casa de R.M. una persona pidiera auxilio en su casa se escucha? R) si, cuando la señora llama a un hijo yo escucho; ¿para esas fechas ocurrió algo irregular? R) no; ¿tiene conocimiento de si en los meses que hice referencia el adolescente Víctor entro a la casa de la mamá del señor Román? R) no; ¿en algún momento entró este joven a la casa de la señora R.M.? R) en ningún momento; ¿conoce a Víctor? R) si; ¿y a su madre? R) si; ¿sabe si Víctor tiene amistad con el señor Román? R) no; ¿conoce usted a C.R., M.A., G.S. y C.H.? R) si; ¿estas personas tienen vínculos con Víctor? R) no se; ¿estas personas tienen contacto o amistad con el señor Román? R) no; ¿a su criterio la casa de la señora R.M., es utilizada como servidumbre de paso? R) no; ¿tiene conocimiento si existe algún tipo de enemistad manifiesta entre la victima y el acusado? R) no.

Se le cedió la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interrogó a la Testigo en la forma siguiente: ¿Cómo son las casas? R) pegadas; ¿con quien vive? R) mi mamá, mi esposo, hijos y una tía; ¿todos trabajan? R) si; ¿en que horario? R) mi esposo sale a las seis, mi hermana es buhonero, yo trabajo en la escuela hasta la una y mi mamá se queda en la casa. ¿Cuántos cuartos tiene la casa? R) ocho; ¿hay cocina? R) si es negra; ¿Cuántas veces ha entrado a esa casa? R) siempre que puedo voy, yo la frecuento mucho; ¿en que escuela trabaja? R) frente al aeropuerto viejo; ¿a que hora llega a su casa? R) a la una y media; ¿sabe usted quien acusa a J.R.? R) la mamá del niño; ¿Por qué lo acusa? R) según y que por abuso sexual; ¿sabe usted la fecha cuando denunciaron al señor Román? R) no se; ¿en el año 2005, en el mes de agosto estaba de vacaciones? R) si porque las dan en el Colegio; ¿en que fecha? R) en el mes de julio hasta septiembre; ¿todo el mes de agosto completo? R) si, completo; ¿conoce a la victima? R) si; ¿de donde? R) del barrio, pero no tengo trato con el; ¿Por qué no tiene trato con el? R) porque no me nace; ¿alguna vez lo vio en la casa del señor Román? R) no; ¿Cuántas personas viven en la casa del señor Román? R) quince personas; ¿Qué hacen? R) trabajan en esa misma casa ayudando a su mamá que hace hallacas; ¿la cocina de la casa del señor Román queda pegada a su casa? R) no, yo estoy del otro lado; ¿Cómo que distancia hay? R) allí mismo; ¿de su residencia se ve la cocina de la casa del señor Román? R) si me paro en la esquina de mi casa si; ¿desde que esquina? R) al salir de mi casa, salgo allí y se ve la cocina del señor Román; ¿Cómo le consta que J.R. no va al Ciber? R) porque yo lo conozco y el llega a casa de su mamá y pasa todo el día trabajando; ¿conoce a los jóvenes Cesar? R) si, pero no los trato; ¿porque? R) porque no los trato; ¿se tratan con el señor Román? R) no; ¿porque? R) no se; ¿desde cuando no se tratan? R) no se.

La Testigo E.d.J.G., quien manifestó: “…Soy vecina del acusado, nunca vi al niño entrar en esa casa y en los años que tengo en el sector nunca lo vi frecuentar esa zona, ese señor no frecuenta esas casas, pasa todo el día trabajando, lo mas mínimo lo escucho en mi casa…”

Acto seguido se le cedió la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿su casa está pegada a la casa de la señora R.M.? R) si; ¿conoce al acusado? R) si; ¿conoce a la mamá del acusado? R) si; ¿Cómo se llama? R) R.M.M.; ¿Dónde vive ella? R) en Puerto España, sector Las Tinajitas; ¿sabe cuando cumple año esa señora? R) en agosto, el día treinta; ¿su casa que tan cerca queda de la señora r.M.? R) pegadita de la pared; ¿Qué se refiere cuando dice oficio del hogar? R) que me la paso en mi casa, no salgo; ¿recuerda si en el año 2005, en los meses de julio a noviembre, usted nunca escucho gritos de una persona pidiendo auxilio? R) no, jamás; ¿alguna vez vio entrar a la victima? R) no; ¿conoce a la víctima? R) si; ¿alguna vez lo observó usar la casa de la señora R.M. para pasar de una calle a la otro? R) no, jamás; ¿Cuáles son las posibilidades de que se cometa un ilícito en la casa de la señora Rosa, donde una persona pida auxilio y pegue gritos y usted no se de cuenta? R) si esa señora pica un pollo yo escucho, ¿como no se va a escuchar a alguien gritando?; ¿esa casa alguna vez a quedado sola? R) nunca; ¿y en horas del mediodía? R) no; ¿y en el 2005? R) nunca; ¿Cómo es la actividad en las horas del mediodía? R) hacen la comida y llaman a los muchachos para almorzar, allí hay como quince personas; ¿hay movimiento al mediodía? R) muchas. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿su casa esta pegada a la del señor Román? R) si; ¿ha visitado la casa? R) si; ¿Cómo es la cocina? R) normal, negra, donde hacen los dulces, un mesón con unas cortinas; ¿Cuántos mesones hay allí? R) uno solo; ¿la cocina queda pegada a su casa? R) si, queda pegada a mi cocina; ¿a que se dedica? R) oficios del hogar, tengo un hijo parapléjico y no puedo salir; ¿Quién le hace sus diligencias? R) mis hijas.

La Testigo Y.C.M., quien manifestó: “…Cuando nos dijeron lo que ocurría con el señor Román fuimos a la casa de la mamá del niño, para preguntarle que pasaba, no la encontramos y la esperamos y ella nos dijo lo que sucedió con el niño, ella nos dijo: ¿quienes son ustedes la familia con dinero? y le indicamos que no teníamos dinero y le preguntamos al niño quien nos dijo: ¡no se, no se, ella es la que me dijo que dijera eso!, le dijimos a la señora y ella dijo que ella podía buscar todo para hundirlo, a consecuencia de este parapeto. Ese señor lo criamos nosotros, se fue porque se casó, mi tía murió deprimida, y todo por este montaje, el niño me dijo que ella le dijo que dijera eso; el día 09 de octubre hablamos con el niño…”

Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿en que fecha fueron esos acontecimientos? R) el 07 de octubre, cuando lo agarran preso frente a la pizzería “Don Carlos”; ¿de que año? R) del 2006; ¿usted en su condición de familia del acusado trato de averiguar lo que pasaba? R) si, fui con una hermana, porque me impresionó; ¿usted interrogó al joven que esta en la sala como victima? R) yo le dije hijo el te hizo algo y el me dijo: ¡no se, no se, ella me dijo que dijera!; ¿Quién mas puede corroborar lo que usted esta diciendo? R) mi hermana R.M. y mi mamá; ¿Dónde pasó esa situación? R) en la casa de la señora como a las diez y media; ¿Dónde queda eso? R) en Puerto España; ¿de que se enteró para usted confrontar al joven y la señora? R) de que el lo había violado; ¿Quién llevó eso a sus oídos? R) nos llamó la mamá de Jesús y me dijo que fuéramos porque había una situación extraña y fuimos; ¿la aptitud de Román fue esquiva, dijo que se iba? R) no, nosotras les preguntamos y Rosa nos dijo que el dijo que no había hecho eso, que no sabe porque lo acusan de eso; ¿escucho a alguien decir la fecha en que supuestamente suceden esos hechos que le imputan? R) de verdad que no, nosotros no enteramos después que lo meten preso; ¿el problema era anterior a la fecha del 06 de octubre? R) si; ¿la mamá de la víctima en algún momento le afirmo que el señor Román ultrajo a su hijo? R) ella me dijo, que si me gustaría que a un hijo mío le hicieran esto, pero después de lo que me dijo el niño. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien interroga al Testigo en la forma siguiente: ¿Quién le da la información que dice? R) la mamá de Jesús; ¿Qué le dijo? R) que había un problema y que Jesús supuestamente había violado a un niño; ¿fueron a la casa? R) si; ¿la mamá de Jesús le dijo quien se lo había dicho? R) parece que por un chisme de muchachos; ¿Porqué dices que un chisme? R) porque digo yo si fue un día porqué dejó pasar tanto tiempo, espero que saliera un chisme; ¿Cuándo le pregunta al joven si era verdad lo que comentaban? R) yo fui y el me dijo que no sabía que eso le decía su mamá; ¿Quiénes estaban allí? R) mi mamá, mi hermana, el joven, su mamá y una hermana de ella; ¿Por qué fueron allí? R) a preguntarle si era verdad o no lo que decían y es cuando el joven dice no se, no se, ella me dijo que dijera eso; ¿conoce a la mamá del joven? R) la vi ese día; ¿en el 2005 donde vivía? R) en la Calle Vargas; ¿en la casa del señor Román? R) si, donde el se crió, nosotros lo agarramos de seis meses porque era epiléptico; ¿conocía a esas personas? R) no; ¿tenían enemistad? R) no; ¿conocía al joven? R) el día que le hice las preguntas.

El Testigo D.J.M., quien manifestó: “…el señor, señalando al acusado, no ha violado a ese niño, yo siempre estoy con su hermano en la casa escuchando música, nunca vi a ese niño pasar por allí…”

Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien no interroga al Testigo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien no interroga al Testigo.

El Testigo J.G.G., quien manifestó: “…el señor Román es inocente, yo siempre estoy en esa casa ayudando, ese niño nunca ha pasado por allí, porque esa es una casa de respeto…”

Acto seguido se cede la palabra al Representante de la Defensa, en la persona de A.G., quien no interroga al Testigo. Se cede la palabra al Representante del Ministerio Público, quien no interroga al Testigo.

Se incorporó por su lectura las siguientes pruebas documentales: Inspección Técnica Nº 592, cursante al folio 26; Acta de Nacimiento Nº 993, cursante al folio 24; e Informe Medico Forense Nº 162-3645, cursante al folio 39, las cuales fueron leídas por el secretario con funciones de sala.

A dichos medios de prueba se les otorgó justo valor probatorio en virtud de que su contenido fue ratificado en el juicio oral por los funcionarios que las suscribieron, quienes fueron repreguntados por las partes y dejando por demostrado, que la víctima fue abusada sexualmente de manera reciente, las características del sitio del suceso. No fue traído a sala el funcionario que certifica el acta de nacimiento de la víctima, pero al no sea contradicha ni la existencia ni la edad de la misma, igualmente se le otorga valor probatorio a dicha acta.

Los Testigo J.J.B.R., A.L.B., E.C.R., Leomary J.B., M.J.A., Nancys E.R.S., E.d.J.G., Y.C.M., D.J.M. y J.G.G., por no aportar nada al esclarecimiento del Abuso Sexual debatido, no se les otorga valor probatorio a dichos testimonios, dichos testigos se limitaron a señalar que venían a este Tribunal a desmentir lo ocurrido, que tal situación jamás ocurrió, que el acusado es trabajador, que la vivienda donde ocurrieron los hechos nunca está sola y que la víctima jamás pasó por el sitio del suceso. Estos testigos incluso se contradijeron en puntos sencillos, como en el número de personas que habitaban la vivienda y el número de habitaciones de la vivienda, en dicha preguntas no fueron contestes; lo que llamó la atención si se entiende que supuestamente viven en dicha vivienda o son familiares allegados o vecinos y más al decir de alguno de ellos: nunca salen de ella o la visitan a diario. Resultó claro que los mismos manipulaban la verdad.

Tales testimonios no merecieron ni la más mínima credibilidad por parte de los juzgadores, por lo anteriormente sostenido y además de que estos testimonios fueron marcadamente mecánicos y preparados, a todas luces declaraciones o testimonios aprendidos previamente, incluso respondiendo las interrogantes antes de ser interrogados por las partes; los testigos referenciales no pudieron ni siquiera señalar que día o mes ocurrieron los hechos, pero si pudieron asegurar que el delito no ocurrió, todos fueron contestes en los mismos puntos: que la víctima jamás pisó el sitio de los hechos, que el acusado jamás concurrió al Ciber donde supuestamente se habló del tema, que el acusado jamás abusó de la víctima, que ellos jamás salen de sus casas o la visitan todos los días del año: los juzgadores se preguntaron ¿Cómo pueden afirmar algo de lo que no pueden tener control? Para afirmarlo, deberían haber estado las 24 horas del día, todos los meses del año, en el sitio del suceso y las 24 horas del día acompañando al acusado, lo que a todas luces resulta falso. Por todo lo anteriormente afirmado estas declaraciones no son apreciadas para la definitiva y en consecuencia desechadas como medios para exculpar al acusado.

La INSPECCIÓN EN EL SITIO DEL SUCESO, realizada por el Tribunal en fecha 21 DE MAYO DE 2008, A LAS 3:00 DE LA TARDE, no aportó mayores datos que aclararan las dudas al Tribunal sobre lo ocurrido, al constatar lo señalado por los testigos intervinientes, se pudo constatar algunas contradicciones no relevantes, tales como: el número de habitaciones, si viven o no varias personas, si se oye o no lo que ocurre en la vivienda de al lado, si las habitaciones tienen puertas o cortinas, si de afuera de la casa de una testigo se visualiza la cocina o sitio del suceso y si la vivienda contiene elementos de servidumbre de paso. Con la Inspección se pudo constatar que efectivamente podría fungir como servidumbre de paso no existiendo nada que lo obstaculice, pero lo mismo no se podría ni asegurar ni negar categóricamente; el hecho de que se oiga lo que ocurra en la casa de al lado y viceversa, lo mismos e pudo constatar, pero no hay certeza de que cuando el hecho ocurrió haya habido personas que efectivamente hayan oído sonidos, tal situación tampoco se puede negar ni asegurar. Se constató que eran 8 habitaciones, lo que nada aporta para aclarar el delito. Si bien es cierto, la casa, al igual que el Callejón “Las Tinajitas” estaba ocupada y personas varias en la afueras de sus residencias para el momento de la inspección, no se puede asegurar o negar que para el momento del hecho hayan estado desiertas o no. Si las habitaciones poseían cortinas o puertas en un electos fácilmente que puede variar en el tiempo, razón por lo cual también resulta irrelevante. Lo que si se pudo constatar es que es imposible visualizar el sitio del suceso desde la puerta de la casa de la ciudadana N.E.R.S., quien aseguró al Tribunal, lo siguiente: ¿de su residencia se ve la cocina de la casa del señor Román? R) si me paro en la esquina de mi casa si; ¿desde que esquina? R) al salir de mi casa, salgo allí y se ve la cocina del señor Román, esta afirmación es falsa y se pudo constar por el Tribunal, pero al no valorar lo manifestado por dicha testigo, no tiene mayor relevancia; por todo lo anteriormente señalado se desestima el valor de dicha prueba y no se le otorga valor probatorio alguno.

Finalizado el debate el ACUSADO, previa imposición del precepto constitucional contenido en el Ordinal 5º del Art. 49 de la Constitución Nacional, expuso: le pido que observen mi persona, padre de familia, honrado, trabajo para mis hijos de lunes a lunes, esta persona me señala, yo nunca he tratado con el, ni he tratado con usted, soy padre de familia para que respete y a su mama le pido que respete, no se que quiere para mi vida, nunca le he faltado ni le he dicho malas palabras; con las personas que me vinieron a señalar, nunca he tenido trato ni para venderle, para que vengan a desacreditarme, pregunten en la calle si yo le he faltado a alguien; yo voy a misa, allí me la mantengo allí y no por que soy santo, en mi alma llevo a días, en mi casa pusieron las puertas en el año 1.999, mi madre humildemente con la ayuda de sus hijos hacen la mejoras, en su cumpleaños yo hago los pasa palos y allí va la familia y los vecinos, doy fe, se los digo ante dios y la justicia de que soy inocente, no le he hecho nada a esa familia; pongo mi corazón en sus manos; señora Fiscal, vengo aquí solo a cumplir, por mi integridad.

Dicha declaración por ser al final del debate no fue sujeta a interrogatorio por ninguna de las partes ni del Tribunal, además no puede ser adminiculada con otro Medio de Prueba, ya que solo se limitó a señalar a que se dedica y que no conoce a la víctima, situación que quedó suficientemente clara en el juicio; en consecuencia no se le otorga valor probatorio alguno.

Ahora bien, del contenido de los Medios de Pruebas evacuados y ya valorados, este Tribunal obrando según su libre convicción, atendiendo las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, concluye por mayoría que existen suficientes elementos de prueba para considerar al acusado J.R.R.R., Culpable de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL AL ADOLESCENTE, xxxx, que es la conducta desplegada por el acusado, hecho ocurrido en la cocina de su residencia, en el mes de octubre del 2005, cuando en horas cercanas al medio día, en la Calle García, sector Puerto España, N° 113, Cumaná, Estado Sucre, el acusado obligó a la víctima, a través de violencia física y moral, a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad, produciéndole laceraciones ano-rectales recientes en su mucosa, en la hora seis; y ocasionándole sobre la parte afectiva, ansiedad y aprensión emocional, reactiva, motivada por la experiencia sufrida.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Atendiendo a los hechos y demás circunstancias objeto del presente juicio y a las pruebas evacuadas en el curso del mismo, cuyo análisis y valoración ya fueron explanados, a criterio de este Tribunal se concluye la culpabilidad de acusado J.R.R.R., ya identificado, ya que quedó demostrado plenamente en el debate oral y público que el señalado acusado en el mes de octubre del 2005, cuando en horas cercanas al medio día, en la Calle García, sector Puerto España, N° 113, Cumaná, Estado Sucre, el acusado obligó a la víctima, a través de violencia física y moral, a tener relaciones sexuales en contra de su voluntad, produciéndole laceraciones ano-rectales recientes en su mucosa, en la hora seis; y ocasionándole sobre la parte afectiva, ansiedad y aprensión emocional, reactiva, motivada por la experiencia sufrida. Por lo tanto autor del delito de ABUSO SEXUAL AL ADOLESCENTE, en perjuicio de xxxx, que fue la conducta desplegada por el acusado; y por lo tanto debe dictarse sentencia condenatoria, y la sanción prevista en dicha norma, la cual es la pena de prisión de cinco (05) a diez (10) años, que concatenada con la norma prevista en el artículo 37 del Código Penal, se debe tomar el término medio de la pena, es decir, quince (15) años. Ahora bien, tomándose en cuenta la atenuante del artículo 74 Ord. y 4 ejusdem, invocada por la defensa, ya que no consta que el acusado posea antecedentes penales, lo que permite llevar la pena a su término mínimo, es decir cinco (05) años. En consecuencia se establece que la pena a imponer al ciudadano J.R.R.R., debe ser de cinco (05) años de prisión, más las accesorias de ley.

Finalmente por ser procedente y no contrario a Derecho se acuerda lo solicitado por la defensa de recabar copias certificadas de los folios contentivos de las actas policiales con declaraciones ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y copias certificadas de las declaraciones del día 24 de abril del 2008, rendidas por los testigos C.G.H.C. y M.R.A.V., y que las mimas sean remitidas al Fiscal Superior del Ministerio Público, junto con oficio, para que se inicie la investigación de un posible Delito en Audiencia, por parte de los mismos. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE por MAYORÍA y con el voto salvado del Juez Presidente: Primero: declara al acusado J.R.R.R., venezolano, titular de la cédula de identidad No. 13.053.728, de 31 años de edad, casado, de oficio Vendedor, nacido el 18/11/75, Hijo de R.M.R.M. y R.J.R.V., residenciado en Calle García, sector Puerto España, N° 113, Cumaná, Estado Sucre, CULPABLE de la comisión del delito de por el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el articulo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en el encabezado del Articulo 259 de la misma ley en perjuicio del ciudadano xxx, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, calculada de conformidad con lo establecido en el artículo 31, segundo aparte 37 y 74 ordinal 4°, del Código Penal, y 376 del Código Orgánico Procesal Penal de conformidad con lo previsto con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. Se fija prudencialmente el mes de junio del 2013, como fecha en que la presente condena finalizará; se ordena su encarcelación en el Internado Judicial de Cumaná. Segundo: Se acuerda recabar copias certificadas de los folios contentivos de las actas policiales con declaraciones ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y copias certificadas de las declaraciones del día 24 de abril del 2008, rendidas por los testigos C.G.H.C. y M.R.A.V., y que las mismas sean remitidas al Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Sucre, junto con oficio, para que se determine si se debe o no iniciar una investigación de un posible Delito en Audiencia, por parte de los mismos. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal.

Líbrese la correspondiente boleta de encarcelación junto con oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Cumaná, quien tomará las medidas del caso para garantizar la integridad física del penado. Todo a tenor de lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Cúmplase.

EL JUEZ PRESIDENTE,

ABG. D.J.R.R..

LOS ESCABINOS

L.R.. D.S..

LA SECRETARIA,

ABG. OSMARY ROSALES.-

VOTO SALVADO

Seguidamente el Juez Presidente salva su voto, por las consideraciones siguientes: Los Medios de Pruebas fueron insuficientes para convencerme de la veracidad de las circunstancias en que pudo ocurrir el hecho, la investigación fiscal fue escueta y limitada, solo con cuatro testigos, declararon en sala no se apersonaron los funcionarios investigadores, los que realizaron las diligencias. La víctima incurrió en contradicciones importantes manifestando que había sido obligado a succionar el pene y que fue penetrado amenazado con un cuchillo, que le pego tanto el cuchillo que lo cortó y cuando el experto le hizo la experticia no se evidenció otra lesión aparte de la ya señalada en la región ano-rectal.

No se dejó claro el día y la hora en que ocurrieron los hechos, ningún Medio de Prueba, ni la víctima aportaron la fecha en que ocurrió el supuesto delito. Ahora bien si tomamos en cuenta lo manifestado por la víctima, los testigos referenciales aportados por la Fiscalía y lo concatenamos con lo manifestado por el experto A.F., surgen más dudas que respuestas sobre cuando efectivamente ocurrió el hecho, por una parte cuando se le preguntó a la víctima cuanto tardo en comunicarle a su madre, señaló que en semana y media y cuando se le preguntó a su madre, habla de un promedio de una semana a dos semanas; el resto de las personas que declaró a favor de la víctima, dicen que dos semanas después es que Román les comentó los supuestos hechos y fue en una fiesta de la Señora R.M., que cumple años el 30 de agosto, según documentación presentada por la Defensa. El medico forense nos dijo que la lesión era reciente con un máximo de siete días, entonces ¿Como se explica con las declaraciones realizadas, si el examen se hizo el 28 de octubre del 2005?; si examinamos a los hechos, es imposible que el acusado J.R. le ocasionara laceraciones en un tiempo distinto al que establece el médico forense; por lo que considera quien aquí salva su voto que no quedó claro en el juicio las circunstancias de tiempo, ni modo del delito juzgado, haciendo surgir una duda razonable a favor del acusado.

EL JUEZ PRESIDENTE,

ABG. D.J.R.R..

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