Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Nueva Esparta, de 23 de Septiembre de 2015

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2015
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteRosangel Moreno
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta

La Asunción, Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Quince (2015)

205º y 156º

ASUNTO: OP02-L-2014-000396

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: Ciudadanos J.S., A.T. y G.G., venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad bajo los Nros. V- 13.191.983, V-15.895.352 y V-20.589.142, respectivamente.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado en ejercicio, SCHLAYNKER FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado Nº 80.073.

PARTE DEMANDADA: Empresa “DESARROLLO PARQUE AZUL, C.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 08 de Mayo de 1.988, bajo el Nº 3, Tomo 27-A Sgdo, y modificada conforme a acta debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 22 de Octubre de 2004, bajo el Nº 65, Tomo 44-A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado en ejercicio L.A.M.B., inscrito en el Inpreabogado Nº 45.168.

MOTIVO: DÍAS DE DESCANSO.

En el día de hoy, Veintitrés (23) de Septiembre de Dos Mil Quince (2015), siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de Juicio en la presente causa, se anunció dicho acto a las puertas de la Sede del Circuito Judicial del Trabajo. Seguidamente, la Dra. R.M.S., en su condición de Jueza del Juzgado Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, declaró iniciada la audiencia y solicitó a la ciudadana Abogada P.D.M., informara el motivo de la misma, quien informó a viva voz que se encuentra circunscrita a la reclamación por Días de Descanso, seguido por los ciudadanos J.S., A.T. y G.G., venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad bajo los Nros. V- 13.191.983, V-15.895.352 y V-20.589.142, respectivamente, en contra de la Empresa “DESARROLLO PARQUE AZUL, C.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 08 de Mayo de 1.988, bajo el Nº 3, Tomo 27-A Sgdo, y modificada conforme a acta debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 22 de Octubre de 2004, bajo el Nº 65, Tomo 44-A; así mismo, informó la comparecencia del Abogado en ejercicio ciudadano L.A.M.B., inscrito en el Inpreabogado Nº 45.168, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa “DESARROLLO PARQUE AZUL, C.A.”, y la incomparecencia de los accionantes J.S., A.T. y G.G., venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad bajo los Nros. V- 13.191.983, V-15.895.352 y V-20.589.142, respectivamente, por si ni por medio de apoderado judicial alguno.

Seguidamente la ciudadana Jueza del Tribunal expresó: “Vista la incomparecencia a la presente audiencia oral y pública de juicio de la parte demandante, ciudadanos J.S., A.T. y G.G., venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad bajo los Nros. V- 13.191.983, V-15.895.352 y V-20.589.142, respectivamente, por si ni por medio de apoderado judicial alguno, este tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, incoado por los ciudadanos J.S., A.T. y G.G., venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad bajo los Nros. V- 13.191.983, V-15.895.352 y V-20.589.142, respectivamente, en contra de la Empresa “DESARROLLO PARQUE AZUL, C.A.”, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 08 de Mayo de 1.988, bajo el Nº 3, Tomo 27-A Sgdo, y modificada conforme a acta debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 22 de Octubre de 2004, bajo el Nº 65, Tomo 44-A., todo ello de conformidad con lo previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concatenado con el Criterio establecido en sentencia Nro. 009, de fecha 20 de enero de 2012, emanada de la Sala Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Dr. J.R.P., caso Y.C.V.O. & BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. Es todo, se leyó y conformes firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. La Asunción, a los veintitrés (23) días del mes de Septiembre de Dos Mil Quince (2015). Años: 205 de la Independencia y 156° de la Federación.-

LA JUEZ.,

Dra. R.M.S..-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA,

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR