Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Cumaná), de 18 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2011
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAulio José Durán La Riva
ProcedimientoComputo Actualizado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná

Cumaná, 18 de Febrero de 2011

200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-004031

ASUNTO : RP01-P-2009-004031

COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA

PENADO: J.E.V.P..

Por cuanto se recibió en este despacho solicitud de cómputo actualizado de la pena impuesta al penado J.E.V.P., hecho por la ABG. Y.B., en su carácter de Defensora Pública Penal, este Tribunal para decidir observa:

Se evidencia de autos que al ciudadano J.E.V.P., venezolano, titular de la cédula de identidad 25.156.407, de ocupación pescador, nacido en fecha 08-08-1991, natural de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; de 18 años de edad, hijo de Nuvilde Patiño y A.R.V.; domiciliado en la calle F.M., casa S/N°, cerca del cementerio, Chacopata, Municipio C.S.A.d.E.S.; este Tribunal mediante decisión de fecha 6 de Octubre de 2010 dicto auto de ejecución de sentencia en virtud de que se evidencia de los autos que en culminación de Juicio Oral y Público en fecha: 8 de Septiembre de 2010, según acta inserta a los folios ciento ochenta y ocho (188) al ciento noventa y dos (192) de la segunda pieza del presente Expediente, el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, lo condenó a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de AUTOR DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal; con la agravante establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; situación esta que lo mantiene privado de su libertad actualmente en la sede del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, desde el día 07 de SEPTIEMBRE de 2009.

Ahora bien, conforme los datos que aportan las actuaciones observamos:

COMPUTO ACTUALIZADO:

Pena Total Impuesta: QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN.

Fecha de Detención: el día 07 de SEPTIEMBRE de 2009, hasta el día de hoy (18-02-2011) se puede concluir que tiene una pena física cumplida de: UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES Y ONCE (11) DÍAS.

PENA POR CUMPLIR: TRECE (13) AÑOS, SEIS (6) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS.

FECHA EN LA CUAL FINALIZARA LA CONDENA: 07 DE SEPTIEMBRE DE 2024.

DISPOSITIVA

En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 479, 482 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, emite Computo Actualizado de Pena al penado J.E.V.P., venezolano, titular de la cédula de identidad 25.156.407, de ocupación pescador, nacido en fecha 08-08-1991, natural de Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; de 18 años de edad, hijo de Nuvilde Patiño y A.R.V.; domiciliado en la calle F.M., casa S/N°, cerca del cementerio, Chacopata, Municipio C.S.A.d.E.S.; el cual ha aportado los siguientes datos a la fecha de hoy, 18 de FEBRERO de 2011: PENA CUMPLIDA: UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES Y ONCE (11) DÍAS; PENA POR CUMPLIR: TRECE (13) AÑOS, SEIS (6) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS y FECHA DE CULMINACION DE LA PENA: 07 DE SEPTIEMBRE DE 2024. Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Director del Internado Judicial del Estado Sucre. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre así como a la Defensora Pública Penal. Líbrense las Boletas de informativa al penado y oficio respectivo. CÚMPLASE.-

El Juez Primero de Ejecución,

ABG. AULIO DURAN LA RIVA.

El Secretario,

ABG. G.F..

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