Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil de Lara, de 17 de Julio de 2007
Fecha de Resolución | 17 de Julio de 2007 |
Emisor | Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil |
Ponente | José Antonio Ramírez Zambrano |
Procedimiento | Inhibición |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de julio de dos mil siete
197º y 148º
ASUNTO: KC01-X-2007-000009
Vista la inhibición formulada por el Abg. S.D.M.M., en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la que señala que se inhibe de conocer en el juicio que por Guarda y Custodia que sigue el ciudadano J.J.C.A. contra la ciudadana Dinoca J.P., en la cual el abogado F.M.U. del cual el Juez inhibido señala que es su primo hermano y es quien asiste a la parte demandada, alega que como quiera el mencionado abogado solo asiste a la parte demanda no obstante su objetividad se encuentra afectada y como quiera que todo justiciable tiene derecho al acceso de la justicia imparcial, fundamenta su inhibición en el ordinal 1° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Aprobatoria del Pacto de Derecho Civiles y Políticos o Pacto de San José.
Para decidir este Tribunal observa:
En virtud de lo expuesto por el Juez inhibido y por cuanto dicha confesión lo releva de pruebas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por estar hecha en forma legal y fundada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase copia certificada de esta decisión con oficio, al Juez inhibido, al Juez Superior Tercero Civil, Mercantil y del T.d.E.L. y al Juez Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental; y oportunamente el expediente al Tribunal que le correspondió conocer por distribución el asunto principal signado con el No. KP02-R-2007-000593.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Diecisiete (17) días del mes de Julio de dos mil siete.
El Juez Titular
Abg. J.A.R.Z.
La Secretaria
Abg. María C. Gómez de Vargas
Publicada Hoy 17/07/2007, a las 9:07 A.M. Seguidamente se remitió copia certificada conforme a lo ordenado bajo los No. 517/2007, 518/2007, y 519/2007, a través de la URDD Civil con oficio No. 520/2007.
La Secretaria
Abg. María C. Gómez de Vargas