Decisión de Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil de Lara, de 17 de Julio de 2007

Fecha de Resolución17 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil
PonenteJosé Antonio Ramírez Zambrano
ProcedimientoInhibición

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, diecisiete de julio de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: KC01-X-2007-000009

Vista la inhibición formulada por el Abg. S.D.M.M., en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la que señala que se inhibe de conocer en el juicio que por Guarda y Custodia que sigue el ciudadano J.J.C.A. contra la ciudadana Dinoca J.P., en la cual el abogado F.M.U. del cual el Juez inhibido señala que es su primo hermano y es quien asiste a la parte demandada, alega que como quiera el mencionado abogado solo asiste a la parte demanda no obstante su objetividad se encuentra afectada y como quiera que todo justiciable tiene derecho al acceso de la justicia imparcial, fundamenta su inhibición en el ordinal 1° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Aprobatoria del Pacto de Derecho Civiles y Políticos o Pacto de San José.

Para decidir este Tribunal observa:

En virtud de lo expuesto por el Juez inhibido y por cuanto dicha confesión lo releva de pruebas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por estar hecha en forma legal y fundada en causal que la hace procedente. En consecuencia, remítase copia certificada de esta decisión con oficio, al Juez inhibido, al Juez Superior Tercero Civil, Mercantil y del T.d.E.L. y al Juez Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental; y oportunamente el expediente al Tribunal que le correspondió conocer por distribución el asunto principal signado con el No. KP02-R-2007-000593.

Publíquese, regístrese y bájese oportunamente.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Diecisiete (17) días del mes de Julio de dos mil siete.

El Juez Titular

Abg. J.A.R.Z.

La Secretaria

Abg. María C. Gómez de Vargas

Publicada Hoy 17/07/2007, a las 9:07 A.M. Seguidamente se remitió copia certificada conforme a lo ordenado bajo los No. 517/2007, 518/2007, y 519/2007, a través de la URDD Civil con oficio No. 520/2007.

La Secretaria

Abg. María C. Gómez de Vargas

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