Decisión nº S-No. de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Tucacas. de Falcon (Extensión Tucacas), de 5 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Tucacas.
PonenteCarmen Aidomar Sanz Mármol
ProcedimientoRectificacion De Partida De Nacimiento

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

SOLICITANTE: J.J.Z.O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.17.193.061.

ABOGADO ASISTENTE: B.H.L.R., inscrito 40.011 en el Inpreabogado.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (SUMARIA)

EXPEDIENTE: N° 2.720.

Tucacas, 05 de Noviembre de 2007

Años: 197° y 148°

Vista la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento constante de un (01) folio útil, junto con sus recaudos anexos, presentada en fecha 02 de Noviembre de 2007, por el ciudadano J.J.Z.O., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°. 17.193.061, domiciliado en el Tocuyo de la Costa, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, asistido por el abogado B.H.L.R., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 40.011; désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente. Por cuanto el ciudadano J.J.Z.O., antes identificado, solicita al Tribunal la rectificación su Acta de Nacimiento, ya que en el original de los libros de Registro Civil de Nacimientos que reposan en el Registro Civil del Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, y en el archivo de la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón, aparece el nombre de la madre como NALLIVE, y el de su padre como WILLIAN, siendo que los verdaderos son: “NALLIBE y WILLIAM” que sería lo correcto; como lo demostró en los recaudos anexos como lo es: Copias certificadas de su Partida de Nacimiento expedidas por el Registro Civil del Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, y por el Registro Principal del Estado Falcón, y copia fotostática de la cédula de la madre y del padre de la solicitante, ciudadanos N.J.O.D.Z. y W.J.Z.Q.; fundamentó su acción en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente por cuanto el contenido de dicha solicitud se evidencia que no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, por cuanto el error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Acta de Nacimiento, y por no existir interesados algunos que pudiera ser perjudicados, este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de NACIMIENTO del ciudadano J.J.Z.O., la cual corre inserta en los libros de registros de Nacimiento que reposan en la Dirección de Registro Civil del Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, y en el duplicado de los Libros de Registro Civil de Nacimiento que reposan en el archivo de la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón, bajo el No. 144, de fecha 22 de Septiembre de 1986, de la siguiente manera donde dice: “NALLIVE” refiriéndose al nombre de la madre del solicitante debe decir “NALLIBE”, que es lo correcto y verdadero, y donde dice “WILLIAN” refiriéndose al nombre del padre del solicitante, debe decir: “WILLIAM”, que es lo correcto y verdadero, y ASÍ SE DECIDE. Expídase por Secretaría copias certificadas del presente auto que fueren menester a la interesada y envíese las necesarias a las autoridades civiles competentes. Librense oficios. Cúmplase lo ordenado.

La Jueza Temporal

C.A.S.M.

La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO

En la misma fecha de hoy, 05/11/2007, se le dio entrada bajo el No. 2720, se dictó y publicó decisión, se libraron oficios No. 05-359-492 y 05-359-493.

La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO

Asnaldo Gil

Asistente

Exp. No. 2720.

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