Decisión nº 1276 de Juzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta de Tachira, de 10 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2009
EmisorJuzgado de los Municipios Junin y Rafael Urdaneta
PonenteAna Ramona Acuña
ProcedimientoHomologación Obligación De Manutención

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y R.U. DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 1012-01

ACTO CONCILIATORIO POR AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION

OFERENTE: J.R.M.D..

OFERIDA: YOBERKYS SANCHEZ.

En el día de hoy, diez (10) de marzo de 2009, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y R.U. de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria renunciando a los lapsos respectivos establecidos en la boleta de citación los ciudadanos J.R.M.D., titular de la cédula de identidad Nº 9.462.955 y YOBERKYS SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.111.522, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por aumento de obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano ciudadanos J.R.M.D., quien manifestó: “Que aumentara la cuota mensual a la cantidad de trescientos bolívares fuertes (Bs. 300ºº) y cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de seiscientos bolívares fuertes (Bs. 600ºº), los cuales se seguirán descontando de la nomina del Ministerio de educación, para lo cual solicito se libre comunicación al referido despacho”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana YOBERKYS SANCHEZ, quien manifestó” Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de mis hijos y solicito se hagan los descuentos por nomina“. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y R.U. DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman. El presente aumento comenzara a regir a partir del 01 de marzo de 2009.

LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. A.R.A.

J.R.M.D.

YOBERKYS SANCHEZ

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. J.C.C.G.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR