Decisión de Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de Tachira (Extensión San Antonio), de 2 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control
PonenteReinaldo José Chacón Pacheco
ProcedimientoIncautación Preventiva

San A.d.T., 2 de Agosto de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2012-002423

ASUNTO : SP11-P-2012-002423

AUTO QUE RESUELVE LA SOLICITUD DE INCAUTACIÓN PREVENTIVA

CONFORME AL ART. 183 Y 184 DE LA LEY ORGÁNICA DE DROGAS

Procede el Tribunal a resolver la petición formulada por el Abogado JOMAN A.S., Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico, en el cual solicita se decrete la incautación preventiva de: un vehiculo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Color Gris y Plata, Placas XIL 105, Año 1987, Serial de Motor XHV305271, Serial de Carrocería 5L69XHV30527; veinte (20) sacos de fertilizante marca NPK de 50 Kg. c/u; trece (13) fardos de arroz marca Vigor de 24 unidades x 1 kg. c/u; veintiséis (26) fardos de arroz marca La Conquista de 24 unidades x 1 Kg. c/u; los cuales guardan relación con la causa fiscal N° 20-F21-DCD-0173-2012, seguida en contra de PERSONAS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS QUIMICAS SUSCEPTIBLES PARA SR DESVIADAS EN LA ELABORACIÓN Y TRANFORMACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, a tales efectos este Tribunal para decidir, previamente observa:

RELACION DE LOS HECHOS

En fecha 10 de Julio de 2012, funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, se encontraban efectuando labores de patrullaje de seguridad por la carretera vía San Antonio – Capacho, cuando observaron en el sector denominado El Descanso, aproximadamente a 4 kilómetros del Punto de Control Fijo de Peracal a un vehiculo sin ocupantes estacionado a la orilla de la carretera presuntamente en estado de abandono por lo que procedieron acercarse con el fin de verificar la situación del referido vehiculo tratándose de un vehiculo marca Chevrolet, modelo Monza, color gris y Plata, placas XIL105, año 1987, el cual mantenía las llaves pegadas en la sui chera, ante esta situación procedieron a trasladar el vehiculo hacia el Punto de Control Fijo de Peracal, donde le practicaron una inspección observando que se encontraba desprovisto de sus asientos traseros y que en su lugar se hallaban varios fardos de arroz y debajo de estos de forma oculta se encontraban varios bultos de presunto fertilizante nitrogenado NPK formula 10-20-20, al continuar con la inspección observaron que en el área del maletero se encontraban otros bultos del mismo fertilizante oculto también con fardos de arroz; en vista de tal situación procedieron a la retención de la referida mercancía y del vehiculo, siendo puestas a las ordenes de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Publico.

De las diligencias de investigación practicadas por la Fiscalía del Ministerio Publico se desprende:

  1. - Dictamen Pericial Químico N° DO-LC-LR-1-DIR-DQ-2012/1889, de fecha 12 de Julio de 2012, practicado por funcionarios adscritos al Laboratorio Central, Laboratorio regional N° 1, de la Guardia Nacional Bolivariana, de la cual se desprende entre otras cosas que:

    “CONCLUSIONES: La muestra recibida y analizada identificada con el N° 01, es una sustancia cuyas características organolépticas corresponden a Fertilizantes Aminoácidos en cuya composición se encuentran una Mezcla física de Nitrógeno amoniacal, Fosfato y Potasio en diferentes proporciones en este caso marcadas bajo la proporción 10-20-20.-“

  2. - Dictamen Pericial N° 0819, de fecha 23 de Julio de 2012, practicado por funcionarios adscritos al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), del cual se desprende entre otras cosas que:

    CONVERSIÓN EN UNIDADES TRIBUTARIAS: Del valor en Aduanas obtenido se puede indicar que la conversión a unidades tributarias del total, es equivalente a (751,64) Unidades Tributarias, en los ítems del 1 al 3 referente al Fertilizante y Arroz, es de 84,98 Unidades tributarias. Tomando en cuenta el precio de la Unidad tributaria es de 90 Bsf, según Gaceta Oficial N° 39.866 de fecha 16de Febrero de 2012.“

    CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

    La Ley Orgánica de Drogas prevé, en su artículo 183, lo siguiente:

    Artículo 183.- “Bienes Asegurados, Incautados y Confiscados. El Juez o jueza de control, previa solicitud del o la fiscal del Ministerio Publico, ordenará la incautación preventiva de los bienes muebles e inmuebles que se emplearen en la comisión del delito investigado de conformidad con esta Ley. O sobre los cuales existan elementos de convicción de su procedencia ilícita…. Se exonera de tal medida al propietario o propietaria, cuando concurran circunstancias que demuestren su falta de intención, lo cual será resuelto en la audiencia preliminar.

    En caso de ser alimentos, bebidas, bienes perecederos o de difícil administración incautados, preventivamente, el o la fiscal del Ministerio Publico solicitara al juez o jueza de control su disposición y venta anticipada….

    (Cita textual).

    Estima este Juzgador que visto el resultado del procedimiento practicado por los funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana, Destacamento de Fronteras N° 11, donde fueron localizados un vehiculo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Color Gris y Plata, Placas XIL 105, Año 1987, Serial de Motor XHV305271, Serial de Carrocería 5L69XHV30527, el cual contenía en su interior veinte (20) sacos de fertilizante marca NPK de 50 Kg. c/u; trece (13) fardos de arroz marca Vigor de 24 unidades x 1 kg. c/u; veintiséis (26) fardos de arroz marca La Conquista de 24 unidades x 1 Kg. c/u, se acuerda la incautación preventiva de los referidos bienes, toda vez que del resultado de la investigación fiscal N° 20F21-DCD-0173-2012, no se encuentran individualizadas las personas autores o participes del hecho, así mismo a la presente fecha no hay personas que acrediten la propiedad de los mismos, y visto que entre los bienes se encuentran bienes precederos se acuerda ponerlos a disposición del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Incautados o Confiscados de la Oficina Nacional Antidrogas para su custodia y conservación. Así se decide.

    Por los razonamientos precedentemente esbozados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2 DEL CIRCUITO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:

    UNICO: SE ORDENA LA INCAUTACIÓN PREVENTIVA de conformidad con el articulo 183 y 184 de la Ley Orgánica de Drogas, de los siguientes bienes: un vehiculo Marca Chevrolet, Modelo Monza, Color Gris y Plata, Placas XIL 105, Año 1987, Serial de Motor XHV305271, Serial de Carrocería 5L69XHV30527, el cual contenía en su interior veinte (20) sacos de fertilizante marca NPK de 50 Kg. c/u; trece (13) fardos de arroz marca Vigor de 24 unidades x 1 kg. c/u; veintiséis (26) fardos de arroz marca La Conquista de 24 unidades x 1 Kg. c/u, los cuales guardan relación con la causa fiscal N° 20-F21-DCD-0173-2012, seguida en contra de PERSONAS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS QUIMICAS SUSCEPTIBLES PARA SR DESVIADAS EN LA ELABORACIÓN Y TRANFORMACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, quedando a disposición del Servicio de Administración de Bienes Asegurados, Incautados o Confiscados de la Oficina Nacional Antidrogas para su custodia y conservación.

    Líbrese el oficio correspondiente. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Publico, ha los fines legales consiguientes y déjese copia debidamente certificada del presente acto.

    ABG. R.J.C.P.

    JUEZ (S) DE CONTROL N° 2

    Abg.

    Secretaria

    En la misma fecha se cumplió con lo ordenado

    Causa Nº SP11-P-2012-2423

    Exp. Fiscal Nº 20F21-DCD-0173-12

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR