Sentencia nº 0165 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil de 29 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2006
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala de Casación Civil
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando devolución de originales, previa certificación

AA20-C-2005-000557

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 29 de marzo de 2006. Años 195º y 147º.

Dando cumplimiento a la sentencia N° 179 de fecha 13 de marzo de 2006, la cual señala “...Visto lo expuesto precedentemente, esta Sala debe manifestar, que atendiendo a los postulados contenidos en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; flexibilizando sus criterios conforme a los cambios sociales que constantemente se generan y por todas las razones expuestas; no encuentra objeción alguna para que los documentos solicitados le sean devueltos a la parte interesada, previa certificación para ser agregado al expediente, por parte de la Secretaría de esta Sala de Casación Civil..." en relación a los documentos insertos del folio 4 al 17 en la solicitud de exequátur por incumplimiento, interpuesta por J.M.P., la cual se pretende que obre contra ANATASSIOS MATZARIS; este Juzgado de Sustanciación de conformidad con el contenido y alcance de lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, ordena devolver los originales solicitados, previa certificación en autos, e insertarlas en el lugar de los devueltos.-

El Presidente de la Sala,

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C.O. VÉLEZ

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

En la misma fecha se cumplió, conforme a lo ordenado.

El Secretario,

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ENRIQUE DURÁN FERNÁNDEZ

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