Decisión de Juzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas de Caracas, de 9 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2007
EmisorJuzgado de Municipio Cuarto Ejecutor de Medidas
PonenteCarlos Martinez Peraza
ProcedimientoCobro De Bolivares Via Ejecutiva

En el día de hoy Nueve (09) de Agosto del año Dos Mil Siete (2.007), siendo las doce del medio día, se traslado y se constituyo el Abogado C.M.P., Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, abogado J.M., en compañía de la parte actora, abogado J.L.A., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.790 y los auxiliares de justicia los ciudadanos B.R., quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial la Firma R.C., C.A. y el perito avaluador, R.R., quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones y juramentaciones constan suficientemente en el libro de designaciones y juramentaciones llevado por el Tribunal, en la siguiente dirección señalada por la parte actora: oficina N° 44, ubicada en el Cuarto (4°) piso del Edificio Venezuela, situado en la Avenida Venezuela de la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Chacao, Estado Miranda, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) sigue el ciudadano J.L.A. contra la sociedad mercantil PICAPORTE, C.A..- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.- En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: señalo para ser embargado ejecutivamente el inmueble constituido por una oficina identificada con el N° 44, ubicada en el Cuarto (4°) piso del Edificio Venezuela, situado sobre la Avenida Venezuela de la Urbanización El Rosal, Jurisdicción del Municipio Chacao, Estado Miranda, el cual pertenece a la parte demandada, sociedad mercantil Picaporte, C.A., según consta de documento debidamente Registrado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 21 de julio de 1997, bajo el N° 48, Tomo 7, Protocolo Primero, consignado en la presente comisión.- Seguidamente el Tribunal vista y oída la exposición realizada por la parte actora, ordena al perito avaluador, realice el avaluó del inmueble objeto de la presente medida e identificado plenamente en el mandamiento de ejecución emanado del comitente.- En este estado el perito avaluador designado, expone: estimo un valor prudencial aproximado al inmueble objeto de la presente medida en la cantidad de Trescientos Millones de Bolívares (Bs. 300.000.000,00).-Acto seguido, el Tribunal vista y oída la exposición realizada por el perito avaluador designado al efecto, el señalamiento previamente realizado por la parte actora y dando cumplimiento a la misión encomendada por el aquo declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble constituido por una oficina identificada con el N° 44, situada en el cuarto (4°) piso del Edificio denominado Venezuela, ubicado sobre la Avenida Venezuela de la Urbanización El Rosal, Estado Miranda, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 33.837.646,16), monto este que comprende el doble de la suma condenada al pago mas las costas procesales calculadas prudencialmente por el Tribunal de la causa.- El referido inmueble pertenece a la demandada, sociedad mercantil Picaporte, C.A., según se desprende del documento debidamente registrado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Chacao, en fecha 21 de julio de mil novecientos noventa y siete, bajo el N° 48, Tomo 7, Protocolo Primero, que riela inserto a la comision bajo los folios sies (06) al nueve (09), ambos inclusive, y tiene una superficie aproximada de Setenta y Tres Metros Cuadrados con Setenta y Tres Decímetros Cuadrados (73,73 mts2), y esta comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: con la fachada Norte del edificio y la oficina de la misma planta cuya numeración termina en ttres; Sur: con area de circulación, la escalera norte y baño público; Este: con escalera norte y la fachada este del edificio; y, Oeste: con la escalera norte de la oficina de la misma planta cuya numeración termina en tres (3); y lo pone en posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto la Firma R.C., C.A., representada en este acto por el ciudadano B.R., antes identificado, quien estando presente lo recibe conforme para su representada.-Es todo.- El Tribunal ordena fijar a las puertas del inmueble un cartel de notificación y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo la una y treinta minutos de la tarde.-Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ TITULAR

ABG. C.M.P. EL APODERADO ACTOR

EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL PERITO AVALUADOR

LA SECRETARIA

Abg. J.M.

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