Decisión de Tribunal Sexto de Control de Trujillo, de 16 de Enero de 2008

Fecha de Resolución16 de Enero de 2008
EmisorTribunal Sexto de Control
PonenteFanny Elizabeth Teran Marquez
ProcedimientoIncineración De Sustancias Estupefacientes Y Psico

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control

TRUJILLO, 16 de Enero de 2008

197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-000139

ASUNTO : TP01-P-2008-000139

Revisada como ha sido la presente solicitud, este Tribunal para decidir observa:

La Solicitud

El Fiscal VII del Ministerio Público del Estado Trujillo, solicita autorización para la destrucción de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas incautadas en el procedimiento que se le sigue a los ciudadanos: J.J. VÁSQUEZ PAREDES Y C.A.V.P., en un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2.6 GRS) de DE COCAINA BASE y TRES GRAMOS CON DOSCIENTOS MILIGRAMOS (3,2 GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIA QUIMICA NUMERO 9700-069-005 y 9700-069-006 , de fecha 17-04-2007, INV D-21-2883-2007, realizada por la experta JALIXSA J.R.V..

Motivación Para Decidir

Establece el artículo 119 de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas:

El juez de Control autorizará a solicitud del Ministerio Publico la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto, quienes constaran su correspondencia con la sustancia incautada.

Revisada la solicitud Fiscal, donde acompaña copia simple de las Experticias QUIMICAS NUMEROS 9700-069-005 y 9700-069-006, de fecha 17-04-2007, INV D-21-2883-2007, donde consta la incautación referida, este Tribunal observa que la solicitud reúne los requisitos establecidos en la Ley Especial para ser acordada, y en consecuencia, este Tribunal, considera procedente la destrucción de la sustancia incautada, donde aparecen como INVESTIGADOS: J.J. VÁSQUEZ PAREDES Y C.A.V.P., en un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2.6 GRS) de DE COCAINA BASE y TRES GRAMOS CON DOSCIENTOS MILIGRAMOS (3,2 GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIAS QUIMICAS NUMEROS 9700-069-005 y 9700-069-006, de fecha 17-04-2007, INV D-21-2883-2007, realizada por la experta JALIXSA J.R.V., cantidad devuelta por la experto una vez realizada la experticia correspondiente, preferiblemente por incineración, previa comprobación por la experto Jalixsa J.R.V., que se corresponde con la misma sustancia, realizándose el traslado de la sustancia con la debida protección y custodia, debiendo levantarse acta que deje constancia del procedimiento realizado. Así se decide.

DISPOSITIVA

Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 06, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Autoriza a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de este Estado, con la presencia de la experto Jalixsa J.R.V., para la destrucción de la sustancia incautada a: J.J. VÁSQUEZ PAREDES Y C.A.V.P., en un peso remanente de DOS GRAMOS CON SEISCIENTOS MILIGRAMOS (2.6 GRS) de DE COCAINA BASE y TRES GRAMOS CON DOSCIENTOS MILIGRAMOS (3,2 GRS) DE MARIHUANA, según EXPERTICIAS QUIMICAS NUMEROS 9700-069-005 y 9700-069-006, de fecha 17-04-2007, INV D-21-2883-2007, realizada por la experta JALIXSA J.R.V., preferiblemente por incineración.

Devuélvanse las actuaciones a la Fiscalía VII del Ministerio Público a fin de que proceda conforme lo ordenado, Ciérrese en el sistema informático.

La Juez de Control N° 06

El Secretario

Abg. Fanny Elizabeth Terán Márquez

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