Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques de Miranda, de 3 de Abril de 2003

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2003
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente Los Teques
PonenteOtello Maimone Rocco
ProcedimientoCuratela

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

JUEZ PROFESIONAL NRO.- 2

Los Teques, 03 de Abril de 2003.

192 y 144

Visto las anteriores actuaciones que integran el presente expediente, en especial la diligencia que antecede, y habiéndose llenado todos los extremos de Ley, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Profesional Nro. 2, Dr. R.O., discierne el Cargo de Curador Ad Hoc de los Adolescentes, J.A. Y A.C.B.C., de 14 y 13 años de edad, en la persona del al ciudadano A.C.V., venezolano titular de la cédula de identidad N° V- 81.618.215.

Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa ha alcanzado su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo.- Cúmplase .-

EL JUEZ

DR. ROCCO OTELLO

LA SECRETARIA

Accidental

ABOG. Samanta Albornoz

MOTIVO: CURADOR AD HOC

EXPEDIENTE NRO. 1510.

RO/SA/gigi.-

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