Decisión de Juzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia" de Merida (Extensión El Vigia), de 29 de Abril de 2009

Fecha de Resolución29 de Abril de 2009
EmisorJuzgado Primera Instancia Civil y Mercantil "El Vigia"
PonenteJulio Cesar Newman Gutierrez
ProcedimientoCobro De Bolívares Via Intimatoria

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veintinueve de abril de dos mil nueve.

199 y 150

Vista la diligencia de fecha 20 de abril de 2009 (f.19), suscrita por el abogado J.R.R.M., cedulado con el Nro. 1.703.065, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 3.366, domiciliado en Mérida, Municipio Libertador del Estado Mérida, actuando con el carácter de endosatario a título de Procuración de la Empresa “Corporación Drolanca” (antes denominada “Corporación Droguería Los Andes C.A, parte actora en el presente juicio; mediante la cual DESISTE, en el presente juicio, por cuanto la parte demandada canceló el monto de la obligación demandada. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:

El presente juicio se trata de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria y de la revisión del expediente se puede constatar que la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el desistimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE ESTABLECE.

EL JUEZ,

J.C.N.G.

LA SECRETARIA,

ABG. N.B.V.

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