Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 22 de Julio de 2013

Fecha de Resolución22 de Julio de 2013
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteLuis Marcella Hernandez
ProcedimientoLibertad Inmediata

CIRCUTIOJUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSION CARUPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 22 de Julio de 2013

203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2003-000016

ASUNTO: RJ11-S-2003-000016

Recibido como ha sido Oficio Nº 9700-026-4964, de fecha 19 de los corrientes, suscrito por el Lic. Luis Carlos Marcano, Comisario Jefe de la Sub – Delegación Carúpano del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas , mediante el cual remite anexas actuaciones relacionadas con declinatoria de competencia proveniente del tribunal Séptimo de Control del Estado Aragua, relacionadas a la aprehensión por parte de funcionarios adscritos a la Policía del Estado Aragua, del ciudadano J.A.J.A., Titular de la Cédula de Identidad 18.213.909, quien aparece requerido por este Tribunal , según memo 9447174, (Registro interno del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ), de fecha 16 de Julio del 2003, según oficio Nº 1736 de fecha 14 de Abril del 2004, según memo 3849 del 15 de Junio del 2004, quien en los actuales momentos encuentra detenido en la comandancia de policía de esta ciudad, a la orden de este tribunal; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos: De la revisión de la causa se evidencia, que por auto de fecha 07 de Mayo del 2004; este Tribunal, entonces a cargo de la Juez Abg. Florvidia Perdomo, Ordenó la Aprehensión del Penado J.A.J.A., Titular de la Cédula de Identidad 18.213.909, a los fines de imponerlo de la sentencia condenatoria dictada en su contra, Librando el oficio 1736 de fecha 14 de Mayo del 2004, dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; Así mismo se evidencia, que la referida orden de aprehensión se materializó en fecha 11 de Septiembre del 2007, realizándose en fecha 21 del mismo mes y año la imposición respectiva y ordenándose la libertad del mismo. Igualmente se evidencia, que por auto de fecha 08 de Febrero de 2011, este Tribunal, entonces a cargo del Juez Abelardo Royo, decretó la extinción de la pena impuesta a dicho Penado por Haber operado la extinción de la misma, todo de conformidad con el artículo 112 del Código Penal , ordenando la libertad plena del mismo conforme boleta Nº RL11-BOL-2011-000490, por lo que al producirse la captura del referido ciudadano por materialización de la orden de captura a su nombre librada mediante 1736 de fecha 14 de Mayo del 2004 dirigido al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, seccional Carúpano y cargada al sistema SIPOL mediante el memo 3849 del 15 de Junio del 2004 y memo 9447174, dicha captura resulta violatoria de sus derechos , razón por la cual este Tribunal ordena la Inmediata Libertad del ciudadano J.A.J.A., Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.213.909, soltero, de oficio indefinido, con residencia y domicilio en la Urbanización El Valle, detrás de la escuela E.L., casa s/n Carúpano, Parroquia S.C., Municipio Bermúdez, Estado Sucre y en sector R.d.P., Casa Nº 9, Callejón Los Flores, Turmero, estado Aragua, y la Desincorporación del sistema SIPOL de la orden de captura librada en su contra mediante oficio 1736 de fecha 14 de Mayo del 2004 dirigido al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, seccional Carúpano y cargada al sistema SIPOL mediante el memo 3849 del 15 de Junio del 2004 y memo 9447174. Líbrense boleta de Libertad y Mediante oficio remítase a La Comandancia de Policía de esta ciudad. Líbrese oficios ordenando la desincorporación del sistema sipol y remítase en su oportunidad al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, sub delegación Estadal Carúpano y al Asesor Jurídico del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Cúmplase.

El Juez Primero de Ejecución.

Abg. L.M.M.

La Secretaria.

Abg. C.M..

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