Sentencia nº ADI-005 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 20 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2015
EmisorSala Político Administrativa
PonenteMaría Carolina Ameliach Villarroel

ACCIDENTAL Caracas, veinte (20) de octubre de 2015 205° y 156° En fecha 21 de enero de 2015, se recibió en esta Sala Político Administrativa, demanda de nulidad conjuntamente con acción de a.c. presentado por el ciudadano J.A.Y.G., contra la decisión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia identificada con el alfanumérico CJ-14-1986 de fecha 16 de julio de 2014, mediante la cual se acordó su traslado como Juez Titular al Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

En fecha 22 de enero de 2015, se dio cuenta en Sala y se designó ponente a la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz, a los fines de decidir sobre la admisibilidad de la demanda y la acción de amparo.

De la revisión realizada a las actas que forman el presente expediente, distinguido con la nomenclatura de esta Sala N° 2015-0037, se evidencia que en fecha 15 de octubre de 2015, el Magistrado Emiro García Rosas manifestó su voluntad de inhibirse en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 42, numeral 5 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que corresponde a quien suscribe, Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, con el carácter de Vicepresidenta de la Sala Político Administrativa, decidir la inhibición formulada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2010.

Es así como mediante diligencia de fecha 15 de octubre de 2015, el Magistrado Emiro García Rosas se inhibió para conocer de la presente causa, fundamentándose en lo siguiente:

“De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, me inhibo de conocer la demanda ´NULIDAD CONJUNTAMENTE CON A.C. contra LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA´, incoada por el Abogado J.A.Y.G. (INPREABOGADO N° 18.074), actuando en su nombre, contra ´la decisión´ de la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA identificada con el número CJ-14-1986 emitida el 16 de julio de 2014, en al cual se le comunica el traslado a la ciudad de Caracas como Titular del Tribunal Primero Contencioso Tributario. Dicha inhibición obedece a que como Magistrado integrante de la Comisión Judicial del tribunal Supremo de Justicia emití opinión sobre el asunto que se examina. En consecuencia, me considero incurso en la causal de inhibición contendía en el numeral 5 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. (Mayúsculas del original).

Planteada la inhibición en los términos expuestos, se observa que el acto impugnado fue emitido por la Comisión Judicial de este Alto Tribunal, el cual estaba integrado por el Magistrado Emiro García Rosas, como Miembro Principal.

Ahora bien, como integrante de la Comisión Judicial el Magistrado inhibido participa en las deliberaciones y decisiones que se toman en su sede, lo que supone que manifestó su opinión en la oportunidad de tratar el asunto relacionado con el demandante, ciudadano J.A.Y.G., en virtud de lo cual se encuentra impedido para conocer y decidir la presente causa, en consecuencia se considera cumplido el supuesto de hecho previsto en el artículo 42, numeral 5 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, resultando imperativo declarar CON LUGAR la inhibición propuesta por el Magistrado Emiro García Rosas en el presente expediente. Así se declara.

Con base en lo anterior, se ordena remitir las actuaciones a la Secretaría de esta Sala para que se constituya la Sala Político Administrativa Accidental, conforme a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

En virtud de las consideraciones antes expuestas, se declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Magistrado Emiro García Rosas.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase las presentes actuaciones a la Secretaría de la Sala, para que se constituya la Sala Político-Administrativa Accidental. Cúmplase lo ordenado.

La Vicepresidenta M.C.A.V.
La Secretaria, Y.R.M.
En veinte (20) de octubre del año dos mil quince, se publicó y registró el anterior Auto de Vicepresidencia bajo el Nº 005. La Secretaria, Y.R.M.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR