Decisión de Sala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 29 de Enero de 2007

Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorSala Duodécimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
PonenteSara Guardia Soto
ProcedimientoMedida De Embargo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas 29 de enero de 2.007.

196º y 147º

ASUNTO: AH51-X-2006-000739.

Para garantizar el cabal cumplimiento de su obligación, este Tribunal deja sin efectos la medida precautelativa de embargo que se dictó sobre la totalidad de las prestaciones sociales del accionado en fecha 27 de junio de 2006, y se DECRETA MEDIDA PRECAUTELATIVA DE EMBARGO sobre treinta y seis (36) cuotas alimentarias, las cuales se deducirán de las prestaciones sociales del obligado en caso de liquidación, a fin de garantizar las cuotas alimentarias futuras en caso de que a éste lo despidan o se retire voluntariamente de trabajo, en cuyo caso el patrono deberá notificar inmediatamente al Tribunal, para tomar la medida que corresponda. Particípese lo conducente mediante oficio a la Dirección de Recursos Humanos de la Guardia Nacional. Líbrese oficio. Cúmplase.-

LA JUEZ,

S.E.G.S.. LA SECRETARIA

Alicia Guzmán Vidal.

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