Decisión nº 2665 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 2 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2013
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteDelia Josefina Gonzalez
ProcedimientoTitulo Supletorio

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: J.G.C.M., venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.698.786, hábil en derecho y de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio L.B.V.B., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 2655, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurìas identificadas en la solicitud, edificadas sobre un terreno propio según Documento protocolizado por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha veinticinco (25) de Febrero del Dos Mil Nueve (2009), bajo el N° 2009.235, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 363.11.2.2.818 y correspondiente al Libro del Folio Real del año 2009; Siendo admitida la misma y evacuados los testigos, los cuales son valorados por este tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones. Este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante, ciudadano; J.G.C.M., antes identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de Terreno propio, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR