Sentencia nº 8 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 8 de Enero de 2014

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

SALA ELECTORAL

Caracas, 08 de enero de 2014

203º y 154º

Vista la Sentencia Nº 186 de fecha 11 de diciembre de 2013, mediante la cual esta Sala Electoral ORDENÓ a la parte accionante, que en un lapso de dos (02) días (conforme a la sentencia de la Sala Constitucional N° 2.197 de fecha 23 de noviembre de 2007), más dos (02) días que se le concede como término de la distancia, contados a partir de su notificación, corrija y/o subsane el defecto u omisión señalada e indique con total claridad cuáles son los derechos constitucionales infringidos. En tal sentido, se ordena librar boleta de notificación al ciudadano J.H., parte accionante a los fines de notificarlo de la referida sentencia. Remítase copia certificada de la mencionada Sentencia. Líbrese Boleta.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, acuerda comisionar al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua y Los Guayos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano J.H. (parte accionante), con domicilio procesal en el Paseo las Industrias, segundo nivel Oficina 2-170, al lado de la Alcaldía de Valencia, Valencia estado Carabobo, Teléfonos: 0424-467-85-09 y 0412-414-02-33. En tal sentido se le concede al referido Juzgado dos (02) días de despacho para que practique la mencionada notificación contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto Líbrese Oficio y Despacho.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000092

FRVT/pc

En ocho (08) de enero de 2014, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua y Los Guayos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano J.H. (parte accionante), el fallo dictado en fecha 11 de diciembre de 2013.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000092

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua y Los Guayos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano J.H. titular de la cédula de identidad N° 10.230.993, asistido por el abogado W.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.504, contra la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA BRASILINDA C.A. (SUTRA-BRASILINDA), por auto de esta misma fecha se acordó comisionar a fin de que practique las diligencias necesarias para notificar del fallo dictado en fecha 11 de diciembre de 2013, al ciudadano J.H. (parte accionante). A tal fin se remite Boleta.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala a la mayor brevedad posible, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 08 de enero de 2014.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2013-000092

FRVT/pc

Caracas, 8 de enero de 2014

Oficio Nº 14.003

Ciudadano

Juez de Municipio de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua y Los Guayos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

Su Despacho.-

Tengo a bien dirigirme a usted, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tales fines se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano J.H., titular de la cédula de identidad N° 10.230.993, asistido por el abogado W.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 168.504, contra la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA BRASILINDA C.A. (SUTRA-BRASILINDA).

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2013-000092

FRVT

B O L E T A

Caracas, 08 de enero de 2014

203º y 154º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.H., titular de la cédula de identidad N° 10.230.993, que esta Sala Electoral en fecha 11 de diciembre de 2013 dictó sentencia N° 186, en el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por Usted, contra la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA BRASILINDA C.A. (SUTRA-BRASILINDA). En tal sentido en el referido fallo esta Sala ORDENÓ que en un lapso de dos (02) días (conforme a la sentencia de la Sala Constitucional N° 2.197 de fecha 23 de noviembre de 2007), más dos (02) días que se le concede como término de la distancia, contados a partir de su notificación, corrija y/o subsane el defecto u omisión señalada e indique con total claridad cuáles son los derechos constitucionales infringidos, con la advertencia de que en caso de no proceder a efectuar tal corrección, la presente acción se declarará inadmisible de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. A tal fin se remite copia certificada de la referida sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Exp. Nº AA70-E-2013-000092

FRVT/pc

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