Decisión nº 053-2015 de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Tachira, de 30 de Junio de 2015

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteJosé Gregorio Morales Rincón
ProcedimientoAmparo

N° Expediente : SP22-O-2015-000001 N° Sentencia : 053-2015 Fecha: 30/06/2015 Procedimiento:

Amparo

Partes:

J.H.G.N. Y J.D.T.N. VS ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO TÁCHIRA

Resumen:

Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Declara INADMISIBLE la presente acción de A.C. interpuesta por los ciudadanos: J.H.G.N. y J.D.T.N. titulares de la cédula de identidad N° V- 5.676.712 y V- 11.016.715, Presidentes de la Líneas de Transporte "UNIÓN DE CONDUCTORES ASOCIACIÓN CIVIL, SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, A.C." y "LINEA SAN ANTONIO" respectivamente, asistido por la Abogada J.M.O.S., titular de la cédula de identidad No. 12.251.055, inscrita en el IPSA N° 75.653, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. SEGUNDO: El lapso de caducidad para interponer cualquier acción ante la Jurisdicció.....

Juez/Ponente:

José Gregorio Morales Rincón

Organo:

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