Decisión nº 58 de Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de Tachira, de 9 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado de los Municipios Independencia y Libertad
PonenteBetty Yhajaira Varela Marquez
ProcedimientoReconocimiento De Documento Privado

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 09 de marzo de 2012.

201º y 153º

Vista la diligencia presentada en fecha 06 de marzo de 2012, por el ciudadano J.A.S.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.687.237, asistido por la abogada B.A.G.D.V., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.857, mediante la cual CONVIENE en la presente demanda; en tal virtud, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN y da por consumado el acto, conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se declara RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO inserto a los folios 7 y 8 del expediente, de fecha 23 de febrero de 2012, por medio del cual, los ciudadanos J.A.S.M., venezolano, mayor de edad, viudo, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.687.237, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Municipio San C.d.E.T. y J.I.R.N., venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-20.784.008, celebran PROMESA BILATERAL DE COMPRAVENTA, sobre un (1) bien inmueble constante de una casa quinta y la parcela de terreno sobre la cual se encuentra construida, ubicada en el Conjunto Residencial Villa San Cristóbal, La Castra, Parroquia La Concordia, Municipio San C.d.E.T., distinguida con el Nº 122, con una superficie de CIENTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS (133 m2), consta de tres (3) niveles, descrita de la siguiente manera: PLANTA BAJA: Una (1) cocina con topes de mármol, una (1) sala comedor; una (1) sala de recibo, una (1) sala de baño, un (1) lavadero, un (1) tanque subterráneo para agua con hidroneumático sin instalar, un (1) garaje con su respectivo portón en hierro, hacia el frente de la casa se encuentra protegida por una reja en hierro forjado y una puerta reja en hierro forjado. La entrada principal tiene una puerta de seguridad con Multi-Lock, dos (2) ventanas panorámicas protegidas con rejas en hierro forjado, dos (2) puertas de madera, un (1) cuarto pequeño que sirve de depósito ubicado debajo de la escalera, dos (2) calentadores, sin lámparas sólo Sócrates de cerámicas en puntos de lámparas, sin purificador de agua Rena Ware, una (1) escalera de concreto armado que va al Primer Piso. PRIMERA PLANTA: Dos (2) habitaciones con baño privado, vestier y closet, un (1) cuarto de estudio, puertas de madera, dos (2) balcones hacia el frente de la casa se encuentran ubicadas tres (3) ventanas panorámicas, una (1) sala de baño, una (1) escalera en concreto armado que va al segundo piso, una (1) ventana de madera con figura de vidrio. Un (1) aire acondicionado, Marca LG Plasma Gold, de 24.000 B.T.U. SEGUNDA PLANTA: Una (1) habitación con closet, puerta de madera y ventana tipo panorámica, una (1) sala de baño con puerta de madera, hacia lo que es su frente de la casa se encuentran cuatro (4) ventanas tipo panorámica; hacia la parte posterior ubicadas dos (2) ventanas de hierro, un (1) salón grande, techos de machihembrado con correas de madera y tejas, un tanque para agua aéreo de dos mil quinientos litros aproximadamente, una cúpula de vidrio que sirve de tragaluz. Los pisos recubiertos de cerámica importada, construcción de fundaciones, bases de columnas, vigas de riostra y vigas de coronamiento, paredes de bloque de arcilla frisadas y pintadas, con todos los servicios públicos, dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con la Parcela Nº 123; SUR: Con la Parcela Nº 121; ESTE: Con Calle Nº 2; y, OESTE: Con la parcela Nº 127. Mide nueve metros con cincuenta centímetros de frente por catorce metros de fondo (9,50 m x 14 m). Dicho bien inmueble es de mi exclusiva propiedad por haber adquirido durante la comunidad conyugal según se evidencia de documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, bajo la matricula 2004-LRI-T07-08 de fecha 25 de Febrero de 2004, otra parte por herencia dejada por mi difunta cónyuge Z.T.L.d.S., según se desprende de Declaración Sucesoral presentada ante el SENIAT Región Los Andes, con número de recepción DCR-15-34841, Nro. de expediente 1835-2007, de fecha de 30 de Octubre de 2007, Certificado de Solvencia Sucesoral SENIAT - 0242510, de fecha 14 de Diciembre de 2007, y la otra parte por proyecto de Partición Judicial Amistosa llevada por ante el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual ésta a la espera de la Homologación por parte del Juez, por la falta de pago de los derechos del menor, en el expediente 57.754.

Se cancela la salida del oficio 3140-151-A, librado para la citación de la parte demandada.

Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

La Jueza Temporal,

ABG. B.Y.V.M.

La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ______________, quedó registrada bajo el N° ________, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. MAURIMA MOLINA COLMENARES/Secretaria

Exp. Nº 2206-2012

Mcmc

Va sin enmienda.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR