Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Cojedes, de 7 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2012
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
PonenteDenis León Sequera
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes

San Carlos, siete (07) de junio de dos mil doce (2012)

202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

ASUNTO: HP01-L-2011-000238

Vista y a.l.a. insertas en el presente asunto, del juicio incoado por el ciudadano J.I.R.O., titular de las cédula de identidad número V-14.113.374 contra las empresas MANSION DE LOS LLANOS C.A. y LA MANSION DEL POLLO C.A por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Y vista transacción presentada en fecha 31/05/2012, por una parte por el ciudadano J.I.R.O., titular de las cédula de identidad número V-14.113.374 asistido judicialmente por el ciudadano abogado E.J.R., inscrito en el I.P.S.A bajo el número 136.322, y por la otra parte la ciudadano abogado R.H., inscrita en el I.P.S.A bajo el número 101.510 en su carácter de apoderado judicial de la demandada MANSION DE LOS LLANOS C.A. y LA MANSION DEL POLLO C.A Presentando por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D), en la que informan a este Tribunal acuerdo transaccional celebrado entre ambas partes por la cantidad de cincuenta mil bolívares sin céntimos (Bs. 50.000,00), el cual corre inserto a los folios 296 al 297; con respecto al pago acordado en el escrito transnacional a través de un titulo valor (Cheque) Nº 09-28038444, girado contra la entidad financiera Banco Exterior, en la que dejan expresa constancia de su cumplimiento, y solicitando finalmente el cierre y homologación del presente asunto. Es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, luego de haber revisado y observado que en el referido acuerdo transaccional constan las partes actora y la accionada del presente juicio. Procede a homologar los conceptos demandados, estos son: antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades, horas extras, y días feriados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 263, 264 y 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley IMPARTE LA DEBIDA HOMOLOGACIÓN en los términos acordados por las partes, a los fines que tenga Autoridad de Cosa Juzgada. Así se Decide.

Por lo que se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión, al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes para su guarda y custodia, hasta su envío definitivo al Archivo Judicial. Ofíciese lo conducente. Cúmplase. Es todo.-

La Jueza Titular

Abg. D.M.L.S..

El Secretario Accidental

Abg. Edynson J.F.F.

DMLS/EF

ASUNTO: HP01-L-2011-000238

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