Sentencia nº 570 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 21 de Julio de 2014

Fecha de Resolución21 de Julio de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 570 N° Expediente : 2014-000003 Fecha: 21/07/2014 Procedimiento:

Auto Librando Cartel de Emplazamiento

Partes:

J.L.B.G.V.. "ELECCIÓN DE LA REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL ANTE LOS CONSEJOS SUPERIOR, DIRECTIVOS (Sartenejas y Litoral), ACADÉMICO Y ASAMBLEA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD S.B., Y ANTE LOS CONSEJOS DE COORDINACIÓN Y DECANATOS DE SARTANEJAS Y DEL LITORAL convocada por la Comisión Electoral de la USB por medio de su Boletín No.E-06/2013 y publicada y cuyo acto de votación se realizó el día 12 de diciembre de 2013."

Decisión:

Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias".

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de julio de 2014

204º y 155º

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas por auto de fecha 08 de mayo de 2014, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento al mencionado auto, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias” y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000003

FRVT/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de julio de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A todos los interesados en el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano J.L.B.G. titular de la cédula de identidad N° 19.438.285, asistido por el abogado P.B.Z., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.765, contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental S.B., a los fines que se declare “la NULIDAD ABSOLUTA DE LAS ELECCIONES ESTUDIANTILES (…) cuyo acto de votación se realizó el 12 de diciembre de 2013”, que se declare “la nulidad (…) de las decisiones aprobadas por la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Experimental S.B. (USB) (…)”, que se declare la “prohibición de efectuar procesos electorales con un Reglamento de Elecciones que colinda con el Reglamento General de la USB y este con la Ley Orgánica de Educación y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…)”, que se reforme el Reglamento General de la Universidad Nacional Experimental S.B. “de manera de adecuarlo a lo establecido en la Ley Orgánica de Educación (LOE) y a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que “se ordene el nombramiento de otra Comisión Electoral” y que “se mantenga en su ejercicio a los actuales representantes estudiantiles vigentes antes de las elecciones impugnadas”, dichos interesados deberán comparecer por ante esta Sala Electoral, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes al vencimiento del plazo para retirar, publicar y consignar el presente cartel ante esta Sala Electoral, a fin de consignar sus alegatos relacionados con el recurso ejercido. Vencido ese lapso se abrirá un período de cinco (05) días de despacho para que promuevan las pruebas que consideren pertinentes, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000003

FRVT/pc

C

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