Decisión de Tribunal Vigesimo Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, de 7 de Junio de 2013

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2013
EmisorTribunal Vigesimo Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
PonenteAura María Trenard
ProcedimientoHomologación

Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, siete (07) de junio de dos mil trece (2013)

203º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2013-000082

PARTE ACTORA: J.L.R.M..

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: D.C. Y B.P..

PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: A.D.A..

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

Visto el escrito de transacción judicial que antecede de fecha 04 de junio de 2013, presentada por la ciudadana D.C., abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.729, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadano J.L.R.M., por una parte y por la otra el ciudadano A.D.A., abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.804, mediante la cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo transaccional en fase de mediación con el animo de dar por terminado la presente demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, por cuanto la apoderada judicial de la parte actora manifiesta haber recibido la suma acordada por ambas partes en la referida transacción mediante cheque librado contra Banesco, a nombre de J.L.R.M., distinguido con el Nº 00042491 por la cantidad de OCHENTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs.83.000,00), de fecha 10 de mayo de 2013, por los conceptos laborales de Diferencia de Prestaciones Sociales por concepto de Incidencia de las Comisiones e Incentivos en el salario de Sábados, domingos y Feriados, Diferencias en el Aporte de Caja de Ahorro en el periodo de noviembre de 2012, Diferencias por concepto de Vacaciones, Bono Vacacional Fraccionado desde noviembre de 2004 hasta mayo de 2012, Utilidades correspondientes al periodo de noviembre de 2004 a mayo de 2012, Prestación de Antigüedad establecida en los artículos 141, 142 y 143 de la LOTTT, Intereses sobre la prestación de Antigüedad, Intereses Moratorios, Corrección Monetaria, incidencia sobre éstos conceptos, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte actora que se evidencian de instrumento poder que riela a los folios 10 al 13 de autos y de la demandada a los folios 24 al 30 del expediente, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador J.L.R.M. le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por OCHENTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs.83.000,00)), de un monto inicialmente demandado de Bs.272.040,61, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por ambas partes manifiestan haber dado cumplimiento total a la transacción celebrada por ellos y no quedando a deber la parte demandada cantidad alguna a la parte actora, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte actora extrabajador J.L.R.M..- Así se establece.-

La Juez

Abg. Aura María Trenard

El Secretario (a)

Abg. José Antonio Moreno

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