Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 26 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2008
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoCobro De Bolivares

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veintiseis de febrero de dos mil ocho

197º y 149º

ASUNTO : KP02-M-2008-000067

Vista la demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), presentado por el ciudadano J.M.G., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.253.756, este Tribunal observa que la parte actora no consignó el original que funge como instrumento fundamental de la presente demanda, y por tanto no existe prueba auténtica de la obligación pretendida, por lo cual, a tenor de lo previsto en el ordinal 2° del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, el cual señala:

El Juez negará la admisión de la demanda por auto razonado, en los casos siguientes: 1° Omissis… 2° Si no se acompaña con el libelo la prueba escrita del derecho que se alega….

Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda presentada por el ciudadano J.M.G., antes identificado.

Regístrese y publíquese.

Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil seis. Años 197º y 149º.

EL Juez,

Abg. H.R. PAREDES B.

La Secretaria Acc.,

Abg. L.A. AGÜERO E.

En la misma fecha se registró y publicó siendo las 10:30 a.m.

HRPB/LAAE/m. elena.

LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y T.D.E.L., CERTIFICA LA COPIA QUE ANTECEDE. FECHA UT-SUPRA.

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. L.A. AGÜERO E.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR