Decisión nº 2070 de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Barinas, de 27 de Junio de 2007

Fecha de Resolución27 de Junio de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
PonenteYriana Diaz Peña
ProcedimientoHomologación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 27 de junio de 2007

196º y 147º

Exp. Nº 2.419-07

En la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el ciudadano: J.J.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.566.474, debidamente asistido por el abogado J.C.V.R., abogado en ejercicio, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.799, en contra de la Empresa REPRESENTACIONES CALCAÑO, representada por el ciudadano: D.A.C.S.V., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.225.908.

En fecha 20 de Junio del presente año mediante diligencia suscrita por el ciudadano: J.J.R., debidamente asistida por el abogado A.C.L., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.544, en su carácter de demandante, DESISTE de la demanda y solicitó se devuelvan los anexos acompañados al libelo de la demanda.

En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida que este Tribunal HOMOLOGUE EL PRESENTE DESISTIMIENTO, por cuanto se cumplió con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil que dispone:

En cualquier Estado y Grado de la causa puede el demandante desistir en demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.

Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, formulado por la parte actora, en el juicio de de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado por el ciudadano: J.J.R., suficientemente identificado, en contra de la Empresa REPRESENTACIONES CALCAÑO, representada por el ciudadano: D.A.C.S.V., suficientemente identificado.

Devuélvase los documentos originales solicitados previa su certificación en autos, siendo cargo del solicitante proveer los emolumentos para los fotostatos.

Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Barinas, a los veintisiete días del mes de Junio del año dos mil Siete. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.

La Juez Temporal

Abg. Yriana Díaz Peña

La Secretaria

Abg. Mercedes Santiago

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