Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 20 de Julio de 2007
Fecha de Resolución | 20 de Julio de 2007 |
Emisor | Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control |
Ponente | Ysmenia Fernandez Hernandez |
Procedimiento | Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De Libe |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 20 de Julio de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-002427
ASUNTO: RP11-P-2007-002427
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD
DELITO: HURTO SIMPLE
Esta Juzgadora pasa a decidir después de haber oído la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad hecha por el Fiscal del Ministerio Público esta juzgadora pasa a decidir Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del Imputado W.J.R., venezolano, El Charcal, Municipio Bermúdez, mayor de edad, de estado civil soltero, de 24 años de edad, nacido en fecha 04-05-83, titular de Cédula de Identidad N° 18.414.798, de profesión u oficio Agricultor, hijo de G.T. y J.R.R., domiciliado en la Rió Seco del Charcal, , cerca del Bar el Culiaito, Casa sin Numero, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, en virtud de encontrarlo presuntamente incurso en el delito de Hurto Simple, contemplado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano C.J.C., todo de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada QUINCE (15) días por el lapso de seis (06) meses por ante La unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Pena y no incurrir en nuevos hechos delictivos. Así mismo se decreta la detención como flagrante de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la precitada ley especial y se ordena la aplicación del procedimiento establecido en la misma. Así mismo se insta al Ministerio Publico se practique exámenes médicos forense al imputado y que se aperture una investigación respecto a la persona que le causaron las lesiones al imputado. Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía de este Municipio Bermúdez; y líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los efectos del régimen de presentaciones. Quedan las partes debidamente notificadas en este acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinto de Control
Abg. Ysmenia Fernández H
El Secretario
Abg. Migdalia Salazar Marrero