Decisión de Juzgado Segundo del Municipio Miranda de Falcon, de 19 de Mayo de 2011
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2011 |
Emisor | Juzgado Segundo del Municipio Miranda |
Ponente | Zeneida Ramona Mora de López |
Procedimiento | Titulo De Unico Y Universales Herederos |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
S.A.d.C.; 19 de Mayo de 2011
Años: 201º y 152º
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 966-2011, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el ciudadano J.T.R.M. actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos, ciudadanos: J.G.R.M., ERGEN R.R.M., J.R.R.M., E.R.R.M. y J.E.R.M.; asistido por la Abogado M.C.P., Inpreabogado N° 59.359. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana C.A.M.V.d.R., Docente Jubilada, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-706.474, residenciada en la Urbanización Independencia, Primera Etapa, Calle 1, casa N° 07, en la ciudad de S.A.d.C., Municipio M.d.e.F., falleció Ab-intestato en fecha: Veintiuno (21) de Noviembre de 2010, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 382, extendida en fecha 25/11/2010 por el Registro Civil del Municipio M.d.E.F., la cual riela al folio Tres (03) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a sus hijos, ciudadanos: J.T.R.M., J.G.R.M., ERGEN R.R.M., J.R.R.M., E.R.R.M. y J.E.R.M., venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de S.A.d.C., Municipio M.d.e.F. y titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.522.732, V-5.294.976, V-7.474.948, V-9.502.839, V-9.522.731 y V-7.474.944, respectivamente. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Diecinueve (19) días del mes de MAYO de 2011. Entréguese el presente original a los interesados. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. FC
La Juez Titular,
Abg. Z.M. de López
La Secretaria Titular,
Abg. M.R.A.
SOL. 966