Decisión nº 608 de Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt de Zulia, de 1 de Julio de 2010

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Simón Bolivar, Lagunillas, Valmore Rodríguez, Miranda y Baralt
PonenteMaríaelvira Reina Hernández
ProcedimientoObligación Alimentaria

DESPACHO DE MEDIDA N° 4994

En el día de hoy primero (01) de Julio de 2.010, siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, S.R., S.B., LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE CABIMAS ubicada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia,, a objeto de ejecutar Medida de Embargo Preventivo, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL N° 1, con sede en Maracaibo. En el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, seguido por la ciudadana M.J.M.V., titular de la cedula de identidad Nº V-11.898.281 en contra del ciudadano NECTARIO EMIRO VILLALOBOS SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-4.536.655, actuando en el interés y beneficios de las adolescentes V.V. Y VERUSKA ALEJANDRA VILLALOBOS MENDEZ. Seguidamente el tribunal procede a notificar del motivo de su traslado y constitución en el lugar a la ciudadana Mardensy R.H., titular de la cédula de identidad N° 13.208704, en su condición de Jefe de Nomina. En este estado presente la apoderada judicial de la aparte actora abog. M.J.H., inscrita en el inpreabogado bajo el Nro: 34.514, expone: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el Juzgado de la causa.

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