Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 14 de Junio de 2004

Fecha de Resolución14 de Junio de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteTamar Granados Izarra
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, catorce de junio de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-004212

Vista la solicitud presentada por La Ciudadana JUVILERMA J.A., Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.443.537, de este domicilio, asistida de la abogada Deudelis P.B.R.. I.P.S.A. No. 90.455, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas mejoras y ampliaciones realizadas a expensas propias con dinero de su propio peculio, en unas Bienhechurías ( Un Inmueble ), ubicado en La Carrera 3 A entre Calles 2 y 3, En A.E.B., No. 2-91, Parroquia J.d.V. , Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyos derechos de posesión del inmueble le pertenecen por Herencia de su Padre Ciudadano LIDUVINO A.A.C. , fallecido en fecha 19-06-1.996, según consta en expediente No. 1399 de fecha 21-11-96. Formulario de Sucesiones No. S-1-H-85-084456 y Certificado de Solvencia No. 083483, expedido por el Departamento de Sucesiones del Ministerio de Hacienda, Región Centro Occidental, sobre un lote de terreno ejido, que según el Plano Catrastral del C.d.M.I., está situado dentro de los siguientes linderos : NORTE: Con Carrera 3 A, que es su frente ; SUR: Terreno y Bienhechurías ocupado por AURA YEPEZ ; ESTE: Con MARIO TORRES Y OESTE: Con Terreno y Bienhechurías ocupado por J.P.. Dichas Mejoras y ampliaciones consisten en Una Casa Familiar de Tres ( 3 ) Niveles especificada así: A ).- Primer Nivel : Construida en un área de cuarenta y ocho metros cuadrados ( 48,00 Mts2. ), con Paredes de bloques, piso de cemento pulido, techo de platabanda, recibo, cocina empotrada con cerámica, puertas y gabinetes de madera y vidrios, comedor, baño con pared y píso de cerámica, dos habitaciones, garaje con piso de baldosa, corredor externo, escaleras externas. Todo valorado por un aproximado precio de DOCE MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 12.000.000,oo ). B ).- Segundo Nivel : Construida en un un área de cuarenta y ocho metros cuadrados ( 48,00 Mts2. ), con Paredes de bloques, piso de cerámica, techo de platabanda, sala de recibo, cocina empotrada con puertas de madera y vidrios, comedor, un baño, dos habitaciones, estaleras internas. Todo valorado por un aproximado precio de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 10.000.000,oo ). C ).- Tercer Nivel : Construida en un área de cincuenta metros cuadrados ( 50,00 Mts2. ), con Paredes de bloques, piso de cerámica, techo de zinc, salón de fiesta, parrilla empotrada, un baño piso y paredes de baldosa, una habitación con piso de cerámica y closets de concreto y madera. Todo valorado por un aproximado precio de SEIS MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 6.000.000,oo ). El Precio aproximado de toda la Edificación es de : VEINTIOCHO MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 28.000.000,oo ), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos FERNANDO YEPEZ Y E.M., éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de La Ciudadana JUVILERMA J.A. , en su Carácter de Heredera del Ciudadano LIDUVINO A.A.C. ya identificados, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez

Tamar Granados Izarra La Secretaria

María Fernanda Alviárez

TGI/AMV

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR