Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Barinas, de 10 de Enero de 2011

Fecha de Resolución10 de Enero de 2011
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
PonenteYolanda Felicia Guerrero Guedez
ProcedimientoDivorcio Ordinario

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NINO, NINA Y DEL ADOLESCENTE

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y

SUSTANCIACION.

Barinas, 10 de Enero de 2011.

2000 Y 151 0 /

De conformidad con el auto de esta misma fecha cursante al Cuaderno

Principal de la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO se procede a

aperturar EL PRESENTE CUADERNO SEPARADO DE INSTITUCIONES

FAMILIARES, DONDE SE PROVEERA LO CONDUCENTE RESPECTO A LA

OBLIGACION DE MANUTENCION, REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR

Y CUSTODIA, A FAVOR DEL ADOLESCENTE (se omite). En consecuencia de conformidad

con el articulo 351 LOPNA la C.J. de los adolescentes (se omiten),

sera ejercida por la madre ciudadana OMAYRA

DEL C.D.. Se fija a cargo del padre de conformidad con el articulo

05, 07 literal "d", 30 Y 351 LOPNA Y 23 de la Ley Orqanica del Trabajo,

OBLIGACION DE MANUTENCION PRUDENCIAL y PROVISIONAL por la

cantidad de MIL BOLIVARES (85. 1.000,00) mensuales, y adicional en los

meses de Septiembre y Diciembre la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (85.

2.000,00). En cuanto al ejercicio de los demas atributos de la PATRIA

POTESTAD, sera ejercida por el Padre y la Madre conjuntamente, de la misma

manera se establece en beneficio de los adolescentes (se omiten), Y del padre no Custodio un

REGIMEN DE CONVIVENCIA PROVISIONAL AMPLIO. Diaricese y cumplase.

Siguen firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediaci6n y

Sustanciaci6n Abg. Y.F.G. y la Secretaria. En la misma fecha se libraron

copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria. Quien

suscribe La secreta ria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediaci6n y

Sustanciaci6n de esta Circunscripci6n Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es

copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios del Expediente

MD11-V-2010-000409, todo de conformidad con el articulo 112 del C6digo de

procedimiento Civil.

Exp. N° MD11-V-201 0-000409

YFGG/jg

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