Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra. de Carabobo, de 21 de Enero de 2015

Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra.
PonenteAngel Leonardo Ansart
ProcedimientoReconocimiento De Documento Y Firma

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 20 de Enero de 2015

204° y 155°

Visto el escrito de fecha 15 de Enero de 2015, según distribución Nº 588, junto con sus anexos, presentado por el ciudadano J.A.C.N., titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.565.564, asistido de la Abogada M.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.918. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto a lugar en derecho, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, (Procedimiento Ordinario). Désele entrada y fórmese expediente, emplácese a los demandados de autos N.M.N.V.D.C., H.E.C.N., E.J. CABRERA NARANJO Y M.C.C.N., venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 3.519.972, 7.198.805, 10.640.895 y 10.640.891, domiciliada en el Sector Vista Alegre, Calle Brasil, Nº 2, Municipio D.I.d.E.C., para que comparezca por ante este Tribunal, ubicado en: Calle Ayacucho, Sector El Carmen, Nº 08, frente a la Plaza Bolívar, Mariara estado Carabobo, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a que conste en autos su citación, en las horas fijadas en la tablilla para Despachar de 08:30 a.m. a 03.30 p.m., a los fines de dar contestación a la demanda de reconocimiento documento privado presentado por el ciudadano J.A.C.N., titular de la Cedula de Identidad Nº V- 9.565.564, asistido de la Abogada M.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.918. Líbrense las correspondientes Compulsas, insertándose el presente auto de Admisión y copia del libelo de la demanda UNA VEZ SEAN SUMINISTRADOS LOS FOTOSTATOS POR LA PARTE INTERESADA, a los fines de la práctica de la citación. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la Citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se designa para la certificación de los fotóstatos a la ciudadana YURIMAR DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-17.275.491, en su carácter de Asistente de éste Juzgado, para que conjuntamente con el Secretario del Tribunal, las firmen y certifiquen en cada una de las páginas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese compulsas y exhorto.

El Juez Titular

Dr. A.L.A..

El Secretario Titular

Abg. J.P.P.T.

En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº. 1416-15, y se entregará Compulsa al Alguacil una vez sean suministrados los fotostatos por la parte interesada, para su práctica.

El Secretario Titular

El Alguacil Titular

EXP: 1416-15

ALA/JPPT/yuri

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