Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Aragua, de 5 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2010
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteMary Chirinos
ProcedimientoAccidente De Trabajo, Enfermedad Profesional Y Ps.

Visto el contenido de las diligencias que rielan insertas a los folios 16 y 18 del expediente, suscritas por los ciudadanos J.D. y J.R. respectivamente, ambos debidamente asistidos por la Abogado ISVIEL RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 116971, por medio de la cual Desisten de la Acción, al respecto debe este Tribunal efectuar las observaciones siguientes: La jurisprudencia patria es reiterada en el sentido tanto en la Sala Social como Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia donde se indica que en la materia laboral el desistimiento debe efectuarse sobre el procedimiento mas no sobre la acción, ello con fundamento a los Principios Rectores del derecho Laboral, entre los cuales tenemos que los jueces deben proteger los derechos de los trabajadores ello concatenado con el articulo 3 de la Ley del Trabajo, el articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal Laboral y articulo 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela solamente homologa desistimiento del procedimiento el cual fue presentado en diligencias suscritas por la parte actora, mediante la cual DESISTE del procedimiento llevado en el presente asunto en contra de la empresa KIMBERLY-CLARK VENEZUELA C.A.;

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR