Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 25 de Junio de 2009

Fecha de Resolución25 de Junio de 2009
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoDivorcio 185-A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veinticinco de junio de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO : KP02-F-2009-000328

El ciudadano J.D.J.R.L., Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 7.368.015, manifestó estar separado de su cónyuge C.M.L.V., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 9.546.624, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 25 de Marzo de 2009, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.

Este Tribunal para decidir observa:

UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran los ciudadanos J.D.J.R.L. y C.M.L.V., ya identificados, por ante la Prefectura del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 28 de Junio de 1984. De dicha unión matrimonial procrearon dos hijos de nombres J.E. y Z.C., mayores de edad. Se ordena a la Prefectura del Municipio Palavecino y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE MATRIMONIO, inserta bajo el N° 76, folio 105 vto. año 1984. Líbrense copias certificadas y oficios. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

En Barquisimeto, a los veinticinco dias del mes de Junio de dos mil nueve. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

El Juez

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte

La Secretaria Acc,

Abg. Bianca Escalona

HRPB/BE/ij

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