Decisión nº PJ0122012000578 de Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución. Sede Punto Fijo de Falcon (Extensión Punto Fijo), de 13 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2012
EmisorTribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución. Sede Punto Fijo
PonenteJenny de Jesús Rodriguez Lamon
ProcedimientoCuratela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo

Punto Fijo, trece de agosto de dos mil doce

202º y 153º

ASUNTO: IP31-J-2012-000753

Vista la aceptación y Juramentación efectuada por ante este Tribunal por la ciudadana YULIANYS J.Y.U., titular de la cedula de identidad Nº V-10.967.609, para ejercer el cargo de curador AD-HOC, sobre la niña (SE OMITE NOMBRE), hija de los ciudadanos S.C.M. y J.J.Y.U., titulares de la cedulas de identidad Nº V-17.811.132 y V-12.786.320 y en razón de que el ciudadano J.J.Y.U., contraerá nuevas nupcias, se nombrara curador AD-HOC, a la ciudadana YULIANYS J.Y.U., antes identificada, y lleno como están los requisitos exigidos por la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DISCIERNE, el cargo de CURADOR AD-HOC, en la persona de la ciudadana YULIANYS J.Y.U. ya identificada, a fin de que lo ejerza, sobre la niña (SE OMITE NOMBRE).

Expídase por secretaria copias certificadas por triplicado del presente discernimiento y entréguese a la parte interesada, a los fines de su publicación en la prensa y en su protocolización en la oficina de Registro Subalterno.-

Publíquese y Regístrese.

DADO, SELLADO Y FIRMADO EN EL DESPACHO DE LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTACIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN. A LOS TRECE (13) DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2012.

ABG. J.R.L.

JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA

DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

EL SECRETARIO,

ABG. I.H.

EN ESTA MISMA FECHA, SIENDO LAS 12:15 PM SE DICTO Y SE PUBLICO LA PRESENTE SENTENCIA

EL SECRETARIO,

ABG. I.H.

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