Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 7 de Abril de 2015

Fecha de Resolución 7 de Abril de 2015
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoTitulo Supletorio

San F.d.A., 7 de Abril de 2015.-

204° y 156°

SOLICITUD: 15-366

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTE: J.I.M.C.

FECHA DE ENTRADA 25-DE MARZO 2015.-

Vista la Solicitud Nº 15-366, presentada por la ciudadana: J.I.M.C., venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.543.348, quien ha solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre un conjunto de bienhechurias construidas sobre un terreno de su propiedad, según consta en documento de TITULO DE ADJUDICACION EN PROPIEDAD DE PARCELA EN TIERRA URBANA O PERIURBANA PUBLICA, registrado por ante el REGISTRO PUBLICO DEL MUNICIPIO SAN F.D.E.A., inscrito bajo el numero 2015.389, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 271.3.6.1.15652 y correspondiente al libro de folio real del año 2015, otorgado por la ciudadana Abogado. JHEANCERLHIS DEL VALLE ECHENIQUE ROJAS. Sindica Procuradora (E) Municipal, del Municipio Autónomo San F.d.E.A., con una superficie de terreno DOSCIENTOS NUEVE METROS CON DIEZ CENTIMETROS (209,10m2), Ubicado en el Barrio “Antonio J.d.S., con Calle Renacer, Sector Las Terrazitas”, Jurisdicción del Municipio San F.d.E.A., y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Familia Alvarado, en diecisiete metros, (17,00mts); SUR: Calle Transversal Renacer, en diecisiete metros, (17,00mts); ESTE: Familia Jiménez, en doce metros con treinta, (12;30mts); OESTE; Calle Transversal Renacer en doce metros con treinta, (12,30mts), ha construido una casa para habitación familiar, con las siguientes características: Tres (03) habitaciones, techo de platabanda, dos (2) baños una (1) sala de estar, una (1) sala de cocina, paredes de bloque frisadas, mezclilladas y pintadas, puertas y ventanas de hierro, agua y luz. Las cuales tienen un valor de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 800.000,oo), invertidos en materiales de construcción y mano de obra los cuales están totalmente pagados. Bienhechurias que se determinan en la Solicitud y mediante Justificativo de Testigos evacuados ante este Tribunal, a favor de la ciudadana. J.I.M.C. plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-

El Juez;

Abog. F.J.P..

La Secretaria Titular

Abog. M.M. ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones a la interesada, constante de folios útiles y, quedó anotada en el punto N°. al folio del Libro Diario.

La Secretaria Titular

Abog. M.M. ARANGUREN T.

S/N. 15-366.

FJP/MMA/af.-

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