Decisión de Corte de Apelaciones de Portuguesa, de 12 de Enero de 2006

Fecha de Resolución12 de Enero de 2006
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteMoraima Look Roomer
ProcedimientoAdmisible El Recurso De Apelación

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO

PORTUGUESA

Guanare, 12 de enero de 2.006

194° y 146°

Visto el Recurso de Apelación interpuesto, en fecha 30 de noviembre de 2005 por el abogado, R.E.V., en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Publico del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en fecha 24 de noviembre de 2005, mediante la cual negó la Imposición de Medidas Cautelares al Ciudadano J.V. COLMENAREZ GODOY, conforme al artículo 447 numeral 1 del Código Orgánico Procesal.

Para decidir la Corte observa:

Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por quien está legitimado para ello al tratarse del Fiscal del Ministerio Público, que conforme certificación de días transcurridos desde la data de la decisión impugnada hasta la fecha de interposición del recurso el mismo fue en el lapso de ley, según la sentencia de la Sala Constitucional de fecha 05/08/05, por último, que la decisión mediante la cual se negó la imposición de medidas cautelares, es recurrible de conformidad con el numeral 5 del artículo 445 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia el recurso de apelación debe ser admitido a trámite y así se decide.

En consecuencia y de conformidad con el artículo 450 del Texto Procesal Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, dicta el siguiente pronunciamiento: Admite el recurso de apelación interpuesto, por el abogado, R.E.V., en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Publico del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en fecha 24 de noviembre de 2005, mediante la cual negó Imposición de Medidas Cautelares al Ciudadano J.V. COLMENAREZ GODOY, conforme al artículo 447 numeral 5 del Código Orgánico Procesal.

El Juez de Apelación Presidente,

J.A.R.

La Juez de Apelación, La Juez de Apelación,

M.L.R.C.P.G.

PONENTE

El Secretario.

G.P.

EXP. N° 2684-05

MLR/lvg

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