Decisión nº 384-15 de Corte de Apelaciones Sala 3 de Zulia, de 18 de Junio de 2015

Fecha de Resolución18 de Junio de 2015
EmisorCorte de Apelaciones Sala 3
PonenteMaurelys Vilchez Prieto
ProcedimientoCon Lugar La Inhibición

N° Expediente : VP03-X-2015-000046 N° Sentencia : 384-15 Fecha: 18/06/2015 Procedimiento:

Con Lugar La Inhibición

Partes:

JUEZ: ABG. CATRINA L.F., EN SU CARÁCTER DE JUEZA SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS; REPRESENTANTE LEGAL: ABG. ABOGADOS J.R.M.; SOLICITANTE: DIXON R.R., QUIEN ES EL PROPIETARIO DE LA FIRMA COMERCIAL SUPLIDORA LA MILAGROSA; REPRESENTANTE LEGAL: ABG. F.R., EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA SERVICIO EFEGA C.A.

Resumen:

Por los fundamentos antes expuestos, esta Juezas Profesionales adscritas a la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN presentada por la profesional del derecho CATRINA L.F., en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual se inhibe del conocimiento de la causa signada con el Nro. VP11-P-2014-3334, relacionada a la solicitud de entrega de vehículos presentada por los ciudadanos Abogado J.R.M. en representación de la empresa SUPLIDORA LA MILAGROSA, y el Abogado F.R., en su carácter de representante legal de la empresa SERVICIO EFEGA. C.A, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 47 de la Ley.....

Juez/Ponente:

Maurelys Vilchez Prieto

Organo:

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