Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Lara (Extensión Barquisimeto), de 22 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución22 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteJorge Querales
ProcedimientoInhibición

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 22 de Mayo del 2007

197° y 148°

Asunto: KP01-P-2001-000725

ACTA DE INHIBICION

Por cuanto de la revisión del presente asunto se observa de la Decisión de fecha; Diecinueve (19) de Noviembre del 2001, en la Audiencia Preliminar , donde este Juzgador admitió la acusación así como las pruebas presentadas por las partes dada su necesidad, licitud y pertinencia, analizando así cada una de ellas, emitiendo pronunciamiento en relación a la acusación presentada por el fiscal del Ministerio Publico en contra del Imputado E.M.P.E., por la comisión del delito de apropiación Indebida Calificada y Estafa, previsto y sancionado en el articulo 470 y 464 del código Penal vigente .

En tal sentido por haber emitido opinión en la presente causa, considera quien aca decide que lo más ajustado a derecho y procedente es inhibirme de la presente causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 ordinal séptimo del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo, 94 de la referida ley, se ordena a los fines de no detener el curso del proceso, pasa inmediatamente las actuaciones al otro Juez de Juicio, a los fines siga conociendo de la presente causa, compulsase lo actuado, Remítase a la Corte de Apelación de este Estado la presente incidencia con copia certificada de la audiencia Preliminar la cual se hace mención. Es todo, Remítase, Regístrese, Ofíciese, Cúmplase.

EL JUEZ INHIBIDO

ABG. JORGE QUERALES

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