Decisión de Corte de Apelaciones Sala Dos de Carabobo, de 17 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2014
EmisorCorte de Apelaciones Sala Dos
PonenteYoibeth Escalona Medina
ProcedimientoAdmisible El Recurso De Apelación Y Fija Audiencia

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO

Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia

Valencia, 17 de noviembre de 2014

Años 204º y 155º

ASUNTO: GP01-R-2014-000068

Ponente: YOIBETH KATIUSCA ESCALONA MEDINA.

Corresponde a esta Sala conocer el recurso de APELACION DE SENTENCIA interpuesto por la abogada NAGELLY A.I.U., Fiscal Primera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del estado Carabobo, contra la SENTENCIA CONDENATORIA dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 11 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en fecha 15 de Enero de 2014 y publicado su auto motivado en fecha 31-01-2014, que condeno ciudadano O.A.V.H., a cumplir la pena de 02 AÑOS DE PRISION Y 06 MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley en la actuación GP01-2013-014088, que se sigue al aludido imputado, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el articulo 462 numeral 01 del Código Penal, PECULADO DOLOSO IMPROPIO, previsto y sancionado en el articulo 52 de la Ley contra la Corrupción en concordancia al articulo 99 del Código Penal, y el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 06 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada.

Interpuesto como fue el presente recurso, el tribunal a quo dio el tramite de ley y emplazo a la Defensa Privada, quien no dio contestación al presente, remitiéndose los autos a esta Corte de Apelaciones en fecha 07-07-2014, siendo que en fecha 15-08-2014, se dio cuenta en Sala del presente asunto, correspondiendo por distribución computarizada como ponente a quien suscriba Jueza Sexta Temporal ABG. YOIBETH ESCALONA MEDINA.

En fecha 21 de Agosto de 2014, mediante auto se acordó devolver el presente asunto al Tribunal a quo, por cuanto el cuaderno separado no fue remitido adjunto a la actuación principal, dándose cuenta nuevamente en Sala del presente asunto en fecha 01 de Octubre de 2010.

Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, a los fines de admitir o no este recurso, observa:

PRIMERO

El recurso ha sido interpuesto por la abogada NAGELLY A.I.U., quién conforme desprende de las actuaciones originales, posee la condición de Fiscal Primera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial y por lo tanto se encuentra legitimada para ejercerlo.

SEGUNDO

El recurso ha sido interpuesto contra la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal 11 en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 31 de enero del 2014, que el recurso ha sido presentado el día 14 de Febrero 2014, que la recurrente quedo debidamente notificada de la decisión recurrida en fecha 11-02-2014, es decir al TERCER DÍA HÁBIL después de la debida notificación del fallo recurrido como se evidencia de la certificación de días de despacho inserta al folio 332 del presente recurso, por lo que a sido interpuesto en forma oportuna y por tanto dentro del lapso de ley.

TERCERO

Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, esta Sala 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMITIDO el recurso interpuesto de conformidad al artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y en cumplimiento al trámite procesal respectivo, se fija audiencia oral, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 447 primer aparte ejusdem, para el día (01) de Diciembre de 2014, a las 10:00 horas de la mañana. Notifíquese a las partes.

JUEZAS DE SALA

YOIBETH KATIUSCA ESCALONA MEDINA.

Ponente

DEISIS ORASMA DELGADO ELSA HERNANDEZ GARCIA

El Secretario.

Abg. Carlos López Castillo.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario.

Hora de Emisión: 1:38 PM

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