Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sucre (Extensión Carupano), de 8 de Enero de 2010

Fecha de Resolución 8 de Enero de 2010
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución
PonenteAbelardo Rafael Royo
ProcedimientoAuto De Ejecución

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE

EXTENSIÓN CARÚPANO

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 8 de Enero de 2010

199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2008-001911

ASUNTO: RP11-P-2008-001911

AUTO ACORDANDO NEGAR MEDIDA ALTERNATIVA

De la revisión de la presente causa, perteneciente al penado J.M.R.B., titular de la Cedula de Identidad Nº 15.882.665, el cual fue condenado a cumplir la pena de Seis (06) años, de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal, por la comisión del delito de artículo 31 la ley Orgánica Contra el Trafico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, sobre la cual este despacho acuerda estudiar la aplicación de la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena de conformidad al articulo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Ejecución acuerda analizar la presente solicitud:

Analizada la solicitud, al igual que los últimos folios de la presente causa, se puede determinar claramente que el penado cuenta con los requisitos siguientes: Al folio 85 de la pieza numero 2, constancia de examen Pscosocial Desfavorable; de acuerdo al computo de pena del folio número 09, se observa que a partir de la fecha 27/11/2009 opta al destacamento de trabajo; Oferta de trabajo al folio 76 de la pieza 2.

Por cuanto se observa pronostico desfavorable ene. Examen Psicosocial, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; acuerda negar de Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena; por no estar cubiertos los extremos legales del Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal; Así, se decide.

Notifíquese a la Ciudadana Defensora Pública, al Penado, al Fiscal Público Penitenciario. Así se acuerda; Cúmplase.

El Juez Primero de Ejecución

Abg. A.R.R.H.

La Secretaria

Abg. Anneliesse Figuera.

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