Decisión nº 7631 de Juzgado Primero en lo Civil de Vargas, de 22 de Septiembre de 2005

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2005
EmisorJuzgado Primero en lo Civil
PonenteMERCEDES SOLORZANO MARTINEZ
ProcedimientoInsercion De Partida De Defuncion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 22 de Septiembre de 2005.

195° y 146°

Vista la anterior solicitud de INSERCION DEL ACTA DE DEFUNCION DE LA CIUDADANA: M.L.A., presentada por la ciudadana: J.M.A.G., venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.639.874, debidamente asistida por la abogado M.P.D., inscrita en el Inpreabogado Nº 12.900, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite de conformidad con lo previsto en el Artículo 458 del Código Civil, y ordena la citación de la ciudadana J.M.A.G., para que comparezca por ante éste Tribunal, al acto de la contestación de la demanda, el cual tendrá lugar a las 10:00, del décimo (10º) día de despacho siguientes a que conste en autos la publicación, consignación y fijación de un edicto que se ordena librar, emplazando en él a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos por el presente procedimiento, para que comparezcan por ante éste Tribunal, al acto de la contestación de la demanda. Se advierte que el Edicto deberá ser publicado en el Diario EL UNIVERSAL, conforme a lo previsto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Edicto y boleta. Notifíquese al representante del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil y remítase copia certificada de la Solicitud. Las Boletas de citación, notificación y la copia certificada se expedirán una vez conste en autos la consignación de los fotostatos respectivos.

LA JUEZ,

LA SECRETARIA,

Dra. M.S..

YASMILA PAREDES.

MS/YP/wg.

Exp. N° 6430.

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