Decisión nº 3069-10 de Juzgado Cuarto de Municipio de Vargas, de 26 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2010
EmisorJuzgado Cuarto de Municipio
PonenteScarlet Rodríguez Perez
ProcedimientoDesalojo

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 26 de Noviembre de 2010

200° y 151°

Vista la presente demanda por DESALOJO, incoada por la ciudadana C.J.M.S., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13.375.123, debidamente asistido por el Abogado E.D.M.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.776, y vistos los recaudos anexados, este Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la parte demandada, ciudadana: J.J.R.B., titular de la Cédula de Identidad N°. 9.995.473, para que comparezcan por ante este Tribunal al segundo (2º) día de Despacho siguiente, a la constancia en autos de haber practicado su citación, dentro de las horas comprendidas entre las 8:30am a 3:30pm, a fin de que de contestación a la demanda interpuesta en su contra. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie, y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada.

LA JUEZ PROVISORIO

DRA. S.R.P.

LA SECRETARIA ACC

M.R.

Se deja constancia que no se libro la compulsa ordenada, por cuanto la parte actora no suministró los fotostatos respectivos para su elaboración.

LA SECRETARIA ACC

M.R.

SRP/JG/Yaneiza

EXP. Nº 1690/10

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